Resolución Nº 03570-2018-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 17-12-2018

Sentido del falloDejar sin efecto
Tribunal de OrigenANCASH - -- - --
EmisorJurado Nacional de Elecciones (Perú)
Número de resolución03570-2018-JNE
Fecha17 Diciembre 2018



Jurado Nacional de Elecciones

Resolución N.° 3570-2018-JNE



Expediente N.° J-2017-00507-I01

ÁNCASH

RESTABLECIMIENTO DE CREDENCIAL


Lima diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho


VISTOS el Oficio N.° 6881-2018-S-SPPCS, recibido el 17 de diciembre de 2018 presentado por la secretaria de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, y la solicitud de restablecimiento de credencial, del 20 de junio y 18 de julio de 2018, presentada por Hermenegildo Morillo Alejos consejero del Gobierno Regional de Áncash por la provincia de Sihuas.


CONSIDERANDOS


  1. Por medio del Oficio N.° 871-2018-P-CSJAN/PJ, recibido el 22 de marzo de 2018 (fojas 4), el presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de Áncash remitió copias certificadas de los siguientes pronunciamientos expedidos en el Expediente Penal N.° 00114-2008-0-0201-SP-PE-01:


  1. Resolución s/n, del 14 de noviembre de 2017 (fojas 8 a 59), por medio de la cual la Sala Penal Liquidadora Permanente de Huaraz condenó al consejero Hermenegildo Morillo Alejos como autor del delito contra la Administración Pública –delitos cometidos por funcionarios públicos– peculado doloso en agravio de la Municipalidad Provincial de Sihuas.


Además el citado órgano judicial le impuso la pena privativa de libertad de dos años, suspendida en su ejecución por el plazo de un año y seis meses, y la pena de inhabilitación por dos años, referida a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal.


  1. Resolución s/n, del “ocho de enero de año dos mil diecisiete [dieciocho]” (fojas 60 a 63), a través de la cual la Sala Penal Liquidadora Permanente concedió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del mencionado consejero en contra de la Resolución s/n, del 14 de noviembre de 2017 y asimismo, dispuso que se forme el cuaderno de ejecución provisional de la pena de inhabilitación.


  1. Resolución s/n, del 12 de marzo de 2018 (fojas 64 y 65), mediante el cual el Juzgado Mixto de la provincia de Sihuas ordenó la inhabilitación provisional del sentenciado Hermenegildo Morillo Alejos, por el periodo de dos años, para lo cual dispuso tanto la privación de la función y cargo que venía ejerciendo como la incapacidad para que pueda obtener mandato, cargo y empleo de carácter público durante el referido periodo.


  1. Por ello, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N.° 0209-2018-JNE, de fecha 10 de abril de 2018, resolvió dejar sin efecto la credencial otorgada a Hermenegildo Morillo Alejos, consejero del Gobierno Regional de Áncash por la provincia de Sihuas, por el tiempo en el que se encuentre inhabilitado.


  1. Posteriormente Hermenegildo Morillo Alejos, a través de los escritos de fechas 20 de junio y 18 de julio de 2018 (fojas 126 y 127 y 131 a 132), solicitó la entrega de su credencial, bajo el argumento de que la Sala Penal Permanente declaró nula la absolución y nula la condena, en el proceso seguido en su contra por el cual se le inhabilitó.


  1. Así con Oficio N.° 6881-2018-S-SPPCS, del 17 de diciembre de 2018 (fojas 134), la secretaria de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, remitió copia certificada de la Ejecutoria Suprema, recaída en el Recurso de Nulidad N.° 266-2018, del 2 de mayo de 2018 (fojas 136 a 146), a través del cual la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró nula la sentencia del 14 de noviembre de 2018, por medio de la cual la Sala Penal Liquidadora Permanente de Huaraz condenó al consejero Hermenegildo Morillo Alejos como autor del delito contra la Administración Pública -delitos cometidos por funcionarios públicos– peculado doloso, en agravio de la Municipalidad Provincial de Sihuas y dispuso la realización de un nuevo juicio oral.


  1. En virtud de ello, se advierte en autos que, a la fecha, la ejecución provisional de la inhabilitación que recaía en Hermenegildo Morillo Alejos ha desaparecido, por cuanto el órgano judicial competente declaró nula la sentencia con la cual le inhabilitó del cargo y ordenó que otro colegiado emita nuevo pronunciamiento.


  1. En tal sentido, corresponde a este órgano electoral restablecer la vigencia de la credencial que lo reconoce como consejero del Gobierno Regional de Áncash por la provincia de Sihuas, sin perjuicio de lo que posteriormente disponga la instancia judicial competente, en el marco del proceso penal que se sigue a la autoridad en mención.


  1. En atención a lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la credencial concedida a Melina Pilar Castro Alvites, quien asumió el cargo de consejera del Gobierno Regional de Áncash por la provincia de Sihuas, por el tiempo que se encontraba inhabilitado Hermenegildo Morillo Alejos, y que fue convocada a través de la Resolución N.° 0209-2018-JNE, del 10 de abril de 2018. Por consiguiente, se debe restablecer la vigencia de la credencial de la autoridad que fue inhabilitada.


Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,


RESUELVE


Artículo primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Melina Pilar Castro Alvites con la cual...

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