Resolución Nº 035-2017 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la inscripción del programa denominado "Segundo Programa de Bonos Corporativos de San Martín Contratistas Generales S.A.")

Número de resolución035-2017
Fecha04 Abril 2017
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
AÑODELBUENSERVICIOALCIUDADANO
1
Resolución Intendencia General SMV
Nº 035-2017-SMV/11.1
Lima, 04 de abril de 2017
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El Expediente Nº 2017012329, así como el Informe
Interno N° 289-2017-SMV/11.1 del 04 de abril de 2017, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados el 29 de marzo y 04
de abril de 2017, San Martín Contratistas Generales S.A. solicitó a la Superintendencia
del Mercado de Valores – SMV, en el marco del régimen aplicable al Mercado de
Inversionistas Institucionales, la inscripción del programa denominado “Segundo
Programa de Bonos Corporativos de San Martín Contratistas Generales S.A.”, el
registro del respectivo prospecto marco, así como la inscripción de los valores
denominados “Segundo Programa de Bonos Corporativos de San Martín Contratistas
Generales S.A. – Primera Emisión de Bonos Corporativos” correspondiente al referido
programa, y el registro del respectivo complemento del prospecto marco, en la sección
correspondiente al Mercado de Inversionistas Institucionales del Registro Público del
Mercado de Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, se ha verificado que el 17 de marzo de 2017, la
Junta Universal de Accionistas de San Martín Contratistas Generales S.A. autorizó la
inscripción de un programa de bonos corporativos hasta por un monto máximo de US$
30 000 000,00 (Treinta Millones y 00/100 Dólares) o su equivalente en moneda
nacional, así como la primera emisión del referido programa hasta por un monto
máximo de US$ 15 000 000,00 (Quince Millones y 00/100 Dólares) o su equivalente en
moneda nacional. Asimismo, se autorizó a que la colocación se pueda efectuar
mediante oferta pública dirigida exclusivamente a inversionistas institucionales, y se
otorgaron las facultades necesarias a los señores Alfonso Brazzini Visconti, Sara León
– Prado Aladzeme y Guillermo Arana Ibáñez, para que determinen, dos de ellos de
manera conjunta, los términos, condiciones o características de los valores y de la
oferta, emisión y colocación de los mismos;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 del
Reglamento de Mercado de Inversionistas Institucionales, aprobado mediante
Resolución SMV Nº 021-2013-SMV/01 y sus normas modificatorias, la competencia de
la SMV en el procedimiento de inscripción de una oferta pública dirigida
exclusivamente a inversionistas institucionales que se encuentran bajo el régimen del
mencionado reglamento, así como de los respectivos valores o programas, se
circunscribe únicamente a la verificación de la presentación de la documentación o

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