Resolución Nº 0347-2021-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 30-06-2021

Número de resolución0347-2021-ANA
Número de expediente64137-2021
Fecha30 Junio 2021
MateriaQueja por Defecto de Tramitación
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
,
Ministerio
PERU
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego
Autoridad
Nacional
del
Agua
Tribunal
Nacional
de
Resolución
de
Controversias
Hídricas
'Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres
°
'Año
del
Bicentenario
del
Perú:
200
años
de
Independencia'
Piesifle
Ccmtto^
RESOLUCIÓN
■2021-ANA/TNRCH
Lima,
30
JUN.2021
''d/NíC-,<»
$■
FRANC
MAURICIO
L0A12A
EXP.
TNRCH
CUT
SOLICITANTE
ÓRGANO
MATERIA
UBICACIÓN
POLÍTICA
205-2021
64137-2021
Alexis
Gregorio
Grande
Aie
AAA
Capiina-Ocoña
Queja
por
defecto
de
tramitación
Distrito
Provincia
Departamento
Sama
Tacna
Tacna
UMILLA:
e
declara
que
carece
de
objeto
pronunciarse
respecto
a
la
queja
presentada
por
el
señor
Alexis
Gregorio
Grande
Ale
contra
ia
utoridad
Administrativa
del
Agua
Caplina-Ocoña,
por
haberse
producido
ia
sustracción
de
la
matería.
SOLICITUD
DE
QUEJA
Y
DEFECTO
INVOCADO
El
señor
Alexis
Gregorio
Grande
Ale
presenta
una
queja
contra
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Caplina-Ocoña,
por
defecto
de
tramitación
(paralización
del
procedimiento)
por
no
atender
sus
solicitudes
de
prórroga
de
vigencia
de
acreditación
de
disponibilidad
hidrica
y
de
suspensión
del
plazo
de
vigencia
de
la
Resolución
Directoral
758-2018-ANA/AAAI
C-0.
FUNDAMENTO
DE
U
QUEJA
El
señor
Alexis
Gregorio
Grande
Ale
manifiesta
que
se
existe
deficiencia
en
la
atención
de
su
solicitud,
pues
la
administración
debió
evaluar
lo
concemiente
a
la
prórroga
del
plazo
solicitado,
con
base
en
aspectos
legales
y
no
técnicos.
Sin
embargo,
el
área
técnica
de
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Caplina-Ocoña
retuvo
su
solicitud
indebidamente
por
diecinueve
(19)
días,
perjudicándole
gravemente,
pues
en
aplicación
del
Decreto
Legislativo
1500,
en
fecha
09.05.2021,
caducó
la
vigencia
de
la
acreditación
de
disponibilidad
hidrica
aprobada
mediante
la
Resolución
Directoral
758-2018-ANA/AAA
1
C-0.
Ha
solicitado
mediante
los
mecanismos
de
transparencia
y
acceso
a
la
información,
el
Informe
Técnico
0051-2021-ANA-AAA.CO/DRRG,
en
el
cual
el
Ing.
Derly
Romme!
Rosas
Gainza
recomienda
"declarar
procedente
¡o
solicitado
por
el
administrado,
en
consecuencia,
corresponder
otorgar
la
prórroga
de
la
acreditación
de
disponibilidad
hidrica
subterránea
hidrica
otorgada
en
la
R.D.
758-
2018-
ANA/AAAI
C-0
en
aplicación
del
Decreto
Legislativo
1500,
manteniendo
la
vigente
por
12
meses
adicionales
computado
a
partir
del
08
de
mayo
del
año
2020
con
fecha
de
vigencia
hasta
el
09
de
mayo
del
presente
año
2021",
esto
es,
dicho
profesional
se
limita
únicamente
a
suscribir
lo
señalado
por
la
norma
citada
sin
realizar
un
mayor
análisis
técnico.
Es
decir,
el
ingeniero
de
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Caplina-Ocoña
se
ha
limitado
únicamente
a
repetir
lo
señalado
por
el
Decreto
Legislativo
N"
1500,
cuando
lo
que
se
ha
solicitado
es
una
prórroga
a
la
vigencia
establecida
por
dicha
norma.
3.
ANTECEDENTES
RELEVANTES
3.1.
Mediante
la
Resolución
Directoral
758-2018-ANA/AAA
I
C-0
de
fecha
02.05.2018,
notificada
el
09.05.2018,
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Caplina-Ocoña
resolvió
lo
siguiente:
"ARTÍCUL01°.-
Aprobar
el
Estudio
Hidrogeológico
para
la
Acreditación
de
la
Disponibilidad
Hidrica
Subterránea
con
Galería
Filtrante,
de
acuerdo
a
lo
glosado
en
la
parte
considerativa

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