Resolución nº 034-2019-OEFA/TFA-SMEPIM, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 28-01-2019

Número de resolución034-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
Fecha28 Enero 2019
EmisorSala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera
Tribunal de Fiscalización Ambiental
Sala Especializada
en
Minería, Energía,
Pesquería e Industria Manufacturera
RESOLUCIÓN 034-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
EXPEDIENTE
PROCEDENCIA
ADMINISTRADO
SECTOR
APELACIÓN
2305-2017-OEFA/DFSAI/PAS
DIRECCIÓN
DE
FISCALIZACIÓN
Y APLICACIÓN DE
INCENTIVOS
1
METALÚRGICA
PERUANA
S.A.
INDUSTRIA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL 2399-2018-OEFA/DFAI
SUMILLA:
Se
declara la caducidad administrativa del procedimiento
administrativo sancionador seguido contra Metalúrgica Peruana S.A. en el
Expediente
2305-2017-OEFAIDFSAI/PAS
y,
en consecuencia, se ordena que se
proceda a
su
archivo, dejando a salvo la adopción de las medidas que
correspondan
por
parte de la Subdirección de Fiscalización en Actividades
Productivas.
Lima, 28 de enero de 2019
l.
ANTECEDENTES
1.
Metalúrgica Peruana S.A. 2 (en adelante, MEPSA)
es
titular de
la
unidad
fiscalizable Planta Cercado de Lima ubicada
en
el
distrito Cercado
de
Lima,
provincia y departamento de Lima
(en
adelante, Planta Cercado de Lima).
2.
La
unidad fiscalizable Planta Cercado de Lima cuenta con
un
Programa de
Adecuación y Manejo Ambiental
(en
adelante, PAMA), aprobado mediante Oficio
413-2001-MITINCI-VMI-DNI-DAAM del 22 de marzo
de
2001, por
la
Dirección
de Asuntos Ambientales de
la
Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
El
21
de diciembre de 2017 se publicó en
el
diario oficial El Peruano,
el
Decreto Supremo
013-2017-MINAM
mediante el cual
se
aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OEFA y
se
derogó
el
ROF aprobado mediante Decreto Supremo 022-2009-MINAM.
Cabe señalar que
el
procedimiento administrativo sancionador seguido
en
el
Expediente
2305-2017-
OEFA/DFSAI/PAS fue iniciado durante
la
vigencia del ROF de OEFA aprobado mediante Decreto Supremo
022-2009-MINAM, en virtud del cual
la
Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (DFSAI) es
el
órgano de línea encargado de dirigir, coordinar y controlar
el
proceso de fiscalización , sanción y aplicación de
incentivos; sin embargo, a partir de
la
modificación del ROF , su denominación
es
la
Dirección de Fiscalización y
Aplic ión de Incentivos (DFAI).
}
Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacional
(MITINCI).
3.
Del
23
al
26 de febrero de 2017,
la
Dirección de Supervisión (DS) del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realizó una supervisión Especial
en
la
Planta Cercado de Lima (Supervisión Especial 2017) durante
la
cual
se
detectó presuntos incumplimientos a
las
obligaciones ambientales fiscalizables a
cargo de MEPSA, tal como
se
desprende del Informe de Supervisión Directa
263-2017-OEFA/DS-IND del
31
de
marzo de 2017 (Informe de Supervisión)3.
4.
Sobre esa base,
la
Subdirección de Instrucción e Investigación (SOi) emitió
la
Resolución Subdirectora! 1390-2017-OEFA/DFSAI/SDI del
31
de agosto de
20174,
a través
de
la
cual
se
inició
un
procedimiento administrativo sancionador
contra MEPSA.
5.
Luego de
la
evaluación de los descargos formulados por
el
administrado5,
se
emitió
el
Informe Final de Instrucción 132-2018-OEFNDFAI/SFAP
el
23 de
marzo de 20186 (Informe Final de Instrucción
01
).
6.
Considerando
lo
anterior,
el
administrado presentó sus descargos
al
Informe
Final de Instrucción
01
7 (Escrito de descargos 02).
7.
Luego,
la
Subdirección de Fiscalización
en
Actividades Productivas emitió
la
Resolución Subdirectora! 624-2018-OEFNDFAI/SFAP
el
04
de julio
de
20188
(Resolución Subdirectora! de Variación), por
la
que varió
la
presunta infracción
2 de
la
Tabla 1 imputada
en
la
Resolución Subdirectora! 1390-2017-
OEFA/DFSAI/SDI por
la
señalada, quedando las demás presuntas infracciones
como subsistentes.
8. Posteriormente,
la
Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos del OEFA
(DFAI) emitió
la
Resolución Subdirectora! 625-2018-OEFA/DFAI/SFAP
el
06
de julio de 20189, mediante
la
cual amplió por tres
(3)
meses
el
plazo de caducidad
del procedimiento administrativo sancionador (PAS), señalando que
el
mismo
caducaría
el
09
de
octubre de 2018 (Resolución Subdirectora! de ampliación
de plazo).
Folios 25
al
40.
Folios 229
al
236. Notificada
el
09 de octubre de 2017 (Folio 237)
Folios 240
al
314. Escrito presentado
el
07 de noviembre de 2017.
Folios 315
al
325. Notificada
el
16 de abril de 2018 (Folio 326)
Folios 328
al
361
. Escrito presentado
el
08 de mayo de 2018.
os
367
al
368. Notificada
el
06 de julio de 2018 (Folio 369)
2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR