Resolución Nº 034-2017-SUSALUD/TRI-TSE de Superintendencia de Salud, 2017

Año2017
Número de resolución034-2017-SUSALUD/TRI-TSE
EmisorSuperintendencia de Salud (Perú)
TRIBUNAL
DE
LA
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL
DE
SALUD
-
SUSALUD
RESOLUCIÓN
N?
034-2017-SUSALUD/TRI-TSE
EXPEDIENTE
N*
:
029-2017/TRI
(Expediente
PAS
N*
0299-2016).
PROCEDENCIA
:
Superintendencia
Adjunta
de
Regulación
y
Fiscalización
-
SAREFIS.
IMPUGNANTE
:
ADMINISTRADO
:
¡AFAS
Rímac
Seguros
y
Reaseguros
S.A.
PROCEDIMIENTO
:
Recurso
de
Apelación
interpuesto
contra
la
Resolución
de
Archivo
de
Procedimiento
Trilateral
Administrativo
Sancionador
-
Resolución
NU
UNO
del
92
de
puviembre
ue
Z0L0,
SUMILLA:
Se
declara
la
NULIDAD
de
la
Resolución
de
Archivo
de
Procedimiento
Trilateral
Administrativo
Sancionador
-
Resolución
N*
UNO
de
fecha
08 de
noviembre
de
201
6,
emitida
por
la
Superintendencia
Adjunta
de
Regulación
y
Fiscalización
-
SAREFIS,
debiendo
procederse
a
retrotraer
el
procedimiento
trilateral
sancionador
a
la
etapa
de
emisión
de
la
resolución
de
inicio
del
mismo.
La
decisión
se
sustenta
en
que
la
primera
instancia
no
se
pronunció
del
cuestionamiento
formulado
por
el
señor
ante
una
presunta
mala
imputación
-
efectuada
en
la
fase
de
investigación
preliminar,
cuando
dicha
función
corresponde
a
la
autoridad
instructora,
no
correspondiendo
archivar
un
procedimiento
y
recomendar
la
apertura
de
uno
nuevo
por
tal
hecho,
pues
tal
implicaría
una
afectación
al
principio
y
normas
que
exigen
congruencia
procedimental,
así
como
la
regla
del
expediente
único
establecida
en
el
artículo
159”
del
Texto
Único
Ordenado
de
la
Ley
N*
27444,
aprobado
por
Decreto
Supremo
N*
006-2017-JUS.
Lima,
08
de
agosto
de
2017
En
Lima,
a
los
veintiún
días
del
mes
de
julio
de
2017,
en
Sesión
de
Tercera
Sala
N*
010-2017,
Especializada
en
Defensa
de
los
Derechos
en
Salud
de
los
Usuarios,
se
acordó
lo
siguiente:
li
ASUNTO
1.
Recurso
de
apelación
interpuesto
por
el
señor
A
contra
la
Resolución
de
Archivo
de
Procedimiento
Trilateral
Administrativo
Sancionador
-
Resolución
N*
UNO
del
08 de
noviembre
de
2016,
mediante
la
cual
la
Superintendencia
Adjunta
de
Regulación
y
Fiscalización
-
SAREFIS
declara
el
sobreseimiento
del

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