Resolución Nº 031-2021-SUSALUD-TRI-SSE de Superintendencia de Salud, 2021
Número de expediente | 021-2021-TRI (Expediente PAS Nº 0580-2019) |
Año | 2021 |
Número de resolución | 031-2021-SUSALUD-TRI-SSE |
Emisor | Superintendencia de Salud (Perú) |
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TRIBUNAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - SUSALUD
RESOLUCIÓN N° 031-2021-SUSALUD/TRI-SSE
EXPEDIENTE N° : 021-2021-TRI (Expediente PAS Nº 0580-2019)
PROCEDENCIA : Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización -
SAREFIS.
IMPUGNANTE : IPRESS Oftalmédica SUR S.A.C
PROCEDIMIENTO : Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Final en
Procedimiento Administrativo Sancionador – R esolución
NÚMERO TRES de fecha 13 de marzo de 2020
SUMILLA: Se declara FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la IPRESS
OFTALMEDICA SUR SAC, contra la Resoluc ión Final en Procedimiento Administrativo
Sancionador – Resolución Número TRES del 13 de marzo de 2020, emitida por la
Superintendencia Adjunta de Regul ación y Fiscalización – SAREFIS, en el extremo referido
a la comisión del Hecho Imputado Nº 3, e INFUNDADO en el extremo referido a la
comisión del Hecho Imputado Nº 2; por los fundamentos antes expuestos.
En consecuencia, se dispone REVOCAR la Resolución Final en Procedimiento
Administrativo Sancionador – Resolución Número TRES del 13 de marzo de 2020, en el
extremo referido a la comisión del Hecho Imputado Nº 3 y CONFIRMAR, en el ext remo
referido a la comisión del Hecho Imputado Nº 2, l a cual sancionó administrativamente
con AMONESTACIÓN ESCRITA a la IPRESS OFTALMEDICA SUR SAC., en virtud de la
infracción contenida en el Reglamento de In fracciones y Sanciones de la S uperintendencia
Nacional de Salud - S USALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 03 1-2014-SA,
Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD, Anexo III: Infracciones Aplicabl es a
las IPRESS, Anexo III-A: Infracciones de Carácter General, Infracciones Grave, Nume ral 4:
“No (…) dar la baja respectiva a los productos farmacéuticos, sanitarios o dispositivos
médicos vencidos, deteriorados, sustraídos o robados”
Lima, 22 de abril de 2021
En Lima, a los ocho días del mes de abril de 2021, en Sesión de Segunda Sala N° 005-2021,
Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en
Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS; as í como en casos de
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS, se acordó lo siguiente:
RESOLUCIÓN N° 031-2021-SUSALUD/TRI-PSE
EXPEDIENTE N° 021-2021/TRI
(EXPEDIENTE PAS N° 0580-2019)
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I. ASUNTO
Recurso de apelación interpuesto por la IPRESS Oftalmédica SUR S.A.C contra la
Resolución Final en Procedimiento Administrativo Sancionador – Resolución
NÚMERO TRES de fecha 13 de m arzo de 202 0, mediante la cual la Superintendencia
Adjunta de Regulación y Fiscalización - SAREFIS sanciona administrativamente a l a
referida IPRESS con a) Sanción administrativa de AMONESTACION ESCRITA a la
IPRESS Oftalmédica SUR S.A.C, por el cargo acotado en el Hecho Imputado Nº 2 , en
virtud de la infracción contenida en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la
Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº
031-2014-SA, Anexo III: Infracciones Aplicables a las IPRESS, Anexo III-A: Infracciones
de Carácter General, Infracciones Leves, Numeral 33: “No cumplir con reportar los
precios de los productos farmacéuticos al Observatorio Nacional de Medicamentos
de DIGEMID”. b) Sanción administrativa de MULTA ASCENDENTE a 60 UIT a la
IPRESS Oftalmédica SUR S.A.C, por el cargo acotado en el Hecho Imputado Nº 3 , en
virtud de la infracción contenida en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la
Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº
031-2014-SA, Anexo III: Infracciones Aplicables a las IPRESS, Anexo III-A: Infracciones
de Carácter General, Infracciones Grave, Numeral 4: “No (…) dar la baja respectiva a
los productos farmacéuticos, sanitarios o dispos itivos médicos vencidos,
deteriorados, sustraídos o robados”.
II. ANTECEDENTES
1. IPRESS Oftalmédica SUR S.A.C es una Institución Prestadora de Servicios de Salud
(IPRESS) Publica, identificada con Código Único de RENAES Nº 00015461 y registrada
con categoría II-E.
2. Durante la Supervisión realizada a la IPRESS Oftalmédica SUR S.A.C, efectuada por los
supervisores de la Intendencia de Supervisión de IPRESS – ISIPRESS el 12 y 13 de
mayo del 2016, se evidenciaron diversas observaciones respecto al funcionamiento
de la IPRESS supervisada.
3. Por Memorándum Nº 00391-2019-SUSALUD/ISIPRESS, recibido el 24 de mayo de
2019 (obrante a fojas Nº 151 del Expediente PAS Nº 0580-2019), l a Int endencia de
Supervisión de IPRESS - ISIPRESS remite a la Intendencia de Fiscalización y Sanción -
IFIS, el Informe Nº 02353 -2019/ISIPRESS de fecha 15 de mayo de 2019 (obrante a
fojas Nº 146 a 150 del Expediente PAS Nº 0580-2019), el cual se remite con la
finalidad de que evalúe en el ámbito de sus competencias, si corresponde el inicio de
Procedimiento Administrativo Sancionador.
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