RESOLUCION N° 030-2015-GRA/PR-GGR - Disponen la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el departamento de Arequipa

Fecha de disposición19 Marzo 2015
Fecha de publicación19 Marzo 2015
El Peruano
Jueves 19 de marzo de 2015
548936
Artículo 2°.- DISPONER, que la presente resolución
sea publicada por única vez en el Diario Of‌i cial “El
Peruano” y, un extracto, en el diario de mayor circulación
en la Región.
Artículo 3°.- La Of‌i cina Regional de Planeamiento
Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno
Regional de Arequipa, realizará el registro de los
mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará
ante la Zona Registral N° XII Sede Arequipa, de la
Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la
inscripción del terreno materia de la presente Resolución.
Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa
veintinueve ( 29 ) días del mes de enero del año dos mil
quince.
Regístrese y comuníquese.
EDMER TRUJILLO MORI
Gerente General Regional
1212659-2
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL
Nº 024-2015-GRA/PR-GGR
VISTOS:
Los Informes Nºs. 1654, 1712 y 1713- 2014-GRA/
OOT y el Informe Técnico Legal N° 0109-2014-GRA/
OOT, emitidos por la Of‌i cina de Ordenamiento Territorial
correspondiente al trámite de Primera Inscripción de
Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de dominio
privado de 11.9832 Has., ubicado en el Distrito de
Uchumayo, Provincia y Departamento de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 62° de la Ley 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia
de administración y adjudicación de terrenos de propiedad
del Estado, señala en el inc. b), que es función de los
Gobiernos Regionales:
“b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento,
adquisición, enajenación, administración y adjudicación
de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del
Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos
de propiedad municipal.”
Que, en virtud de lo establecido en la Resolución
Gerencial N° 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia
de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales,
de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la
transferencia de funciones al Gobierno Regional de
Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos
a), b) y c) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales;
Que, la Ley N° 29151; Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado
por el Decreto Supremo N° 007-2008-VlVIENDA y sus
modif‌i catorias, establecen las normas que regulan el
ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del
Sistema Nacional de Bienes Estatales;
Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 007-
2008~VIVIENDA, señala:
“Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación.
La primera inscripción de dominio de predios estatales,
sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será
sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la
SBN de acuerdo a sus respectivas competencias.
La resolución que dispone la primera inscripción de
dominio del predio del Estado, deberá publicarse por
única vez en el Diario Of‌i cial “El Peruano “ y, un extracto,
en un diario de mayor circulación en la Región en que se
encuentre el predio.
La inscripción de los bienes del Estado de dominio
público y de dominio privado se efectuará en el Registro
de Predios a favor del Estado”.
Que, de conformidad con lo establecido en la
Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del
Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; el presente
procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas
Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Trámites de
Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a favor
del Estado, aprobadas con Resolución N° 011-2002/SBN
y Resolución N° 014-2004/SBN, respectivamente;
Que, según se desprende del Informe Técnico Legal
N° 0109-2014-GRA-OOT, e Informes Nros. 1654,1712
y 1713-2014-GRA/OOT, emitidos por la Of‌i cina de
Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento
establecido y se cuenta con los requisitos exigidos en la
norma;
Que, en virtud de lo señalado y de la documentación
acompañada, es procedente que el Gobierno Regional
de Arequipa, emita la Resolución correspondiente a f‌i n
de que se inscriba en Primera de Dominio en favor del
Estado el terreno eriazo de dominio privado de 11.9832
Has., ubicado en el Distrito de Uchumayo, Provincia y
Departamento de Arequipa;
Que, de conformidad con lo establecido en las
Directivas mencionadas, la presente Resolución es visada
por los profesionales que suscribieron el Informe Técnico
Legal del presente procedimiento;
Estando al Informe Nº 1630-2014-GRA/ORAJ de la
Of‌i cina Regional de Asesoría Jurídica, de conformidad
con lo prescrito en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de
Descentralización, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias; Ley N° 27444
Ley del Procedimiento Administrativo General, Ordenanza
Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades
conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N°
012-2015-GRA/PR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DISPONER, la Primera Inscripción de
Domino a favor del Estado Peruano del terreno eriazo de
dominio privado de 11.9832 Has., ubicado en el Distrito
Uchumayo, Provincia y Departamento de Arequipa,
conforme a los documentos técnicos que sustentan
la presente resolución y que son parte integrante de la
misma.
Artículo 2°.- DISPONER, que la presente resolución
sea publicada por única vez en el Diario Of‌i cial “El
Peruano” y, un extracto, en el diario de mayor circulación
en la Región.
Artículo 3°.- La Of‌i cina Regional de Planeamiento
Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Gobierno
Regional de Arequipa, realizará el registro de los
mencionados terrenos en el SINABIP y tramitará
ante la Zona Registral N° XII Sede Arequipa, de la
Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la
inscripción del terreno materia de la presente Resolución.
Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa
veintinueve ( 29) días del mes de enero del año dos mil
quince.
Regístrese y comuníquese.
EDMER TRUJILLO MORI
Gerente General Regional
1212659-3
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL
Nº 030-2015-GRA/PR-GGR
VISTOS:
Los Informes Nº 1720 y 1721-2014-GRA/OOT, y el
Informe Técnico Legal Nº 0113-2014-GRA-OOT, emitidos
por el Jefe de la Of‌i cina de Ordenamiento Territorial del
Gobierno Regional de Arequipa, correspondiente al
procedimiento de Inscripción en Primera de Dominio
a favor del Estado del terreno eriazo de 36.0864 Has.
ubicado en el sector de La Aguadita, del distrito de Chala,
provincia de Caravelí.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 62° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, respecto a sus funciones en
materia de administración y adjudicación de terrenos de
propiedad del Estado, señala en el inciso b), que es función
de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de
inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación,

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