Resolución Nº 029-2019 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la inscripción de los valores mobiliarios denominados "Cuarta Emisión del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú S.A.")

Número de resolución029-2019
Fecha01 Abril 2019
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELAIGUALDADDEOPORTUNIDADESPARAMUJERESYHOMBRESAÑODELALUCHACONTRALACORRUPCIÓNYLAIMPUNIDAD
1
Resolución de Intendencia General SMV
029-2019-SMV/11.1
Lima, 01 de abril de 2019
El Intendente General de Supervisión de Conductas (e)
Vistos:
El expediente N° 2019011237, así como el Informe Interno
N° 338-2019-SMV/11.1 del 01 de abril de 2019 de la Intendencia General de Supervisión
de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de
Mercados;
Considerando:
Que, el 22 de marzo de 2019, EDPYME Santander
Consumo Perú S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV la
inscripción de los valores mobiliarios denominados «Cuarta Emisión del Primer
Programa de Instrumentos de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú
S.A.», hasta por un monto máximo en circulación de S/ 50’000,000.00 (Cincuenta
Millones y 00/100 Soles), así como el registro del Complemento del Prospecto Marco
correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores – RPMV, y la inscripción
secundaria de dichos valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, de la revisión efectuada en el marco de la solicitud a
la que se contrae la presente resolución, se ha verificado que en las Juntas Generales
de Accionistas de EDPYME Santander Consumo Perú S.A. del 30 de noviembre de
2016, 17 de febrero y 01 de diciembre de 2017, se aprobó la emisión de instrumentos
de deuda en el mercado local hasta por un monto máximo en circulación de S/
200’000,000.00 (Doscientos Millones y 00/100 Soles), se autorizó al Directorio para que
determine la estructura de la emisión, así como sus términos, condiciones y
características, permitiendo delegar dichas facultades en gerentes, funcionarios o
apoderados del emisor;
Que, en virtud de las facultades otorgadas, en Sesión de
Directorio de EDPYME Santander Consumo Perú S.A. del 27 de junio de 2017, se
aprobaron los términos y condiciones generales del «Primer Programa de Instrumentos
de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú S.A.» y se facultó a
determinados funcionarios para que cualquiera de ellos, en representación de la
empresa y actuando en forma individual, pueda determinar todos los términos y
condiciones de las emisiones y series que se realicen en el marco del referido programa
de emisión;
Que, mediante Resolución de Intendencia General SMV
N° 086-2017-SMV/11.1 del 01 de diciembre de 2017, en el marco de un trámite
anticipado, se inscribió el programa de emisión denominado «Primer Programa de
Instrumentos de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú S.A.», hasta por
un monto máximo en circulación de S/ 200’000,000.00 (Doscientos Millones y 00/100

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