Resolución Nº 0272-2002-TC-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de abril de 2002

Número de resolución0272-2002-TC-S1
Fecha30 Abril 2002
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 272/2002.TC-S1
Lima, 30 de abril de 2002
Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de 08.04.2002, el
Expediente 328/2001.TC sobre aplicación de sanción a la empresa MATER IALES Y REPRESENTACIONES
ELÉCTRICAS S.A. -MYREL S.A., por incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas de la Orden de Compra -
Guía de Internamie nto N° 000164, emitida por el Ministerio de Educació n para la adquisición de materiales a ser utilizados
en el cableado de red destinado a 50 centros educativos del Proyecto EDURED -ítem 2: Conectores Jack RJ-45 hemb ra; y
atendiendo a los siguientes:
ANTECEDENTES:
1. El presente procedimiento se origina con la solicitud de la Entidad que, en fecha 10.07.2001, comunicó al Presidente
de este Tribunal que su representada convocó a la Adjudicación Directa sin Publicación N° 037-2000-ME/SG-OA-UA
sobre adquisición de los materiales antes ind icados, en la que obtuv o la Buena Pro para el ítem 2 el postor
Materiales y Representaciones Eléctricas S.A., por un monto total de S/.12 000,00 nuevos soles, adjudicación que
fue formalizada con la Orden de Compra - Guía de Internam iento N° 000164, notificada vía fax.
Agrega que la empresa MYREL S.A. envió una carta comunicando que no podía atender la adquisición por no tener
dichos bienes en stock, y que en vista del incumplimiento se le remitió una Carta Notarial N° 2633, de 19.09.2000 ,
mediante la cual se le requirió el cumplim iento de su obligación, a lo cual hizo caso omiso , y luego la Carta Notarial
N° 4334 de 20.06.2001, comunicándole la resolución del contrato, en razón de haber transcurrido con exceso el
plazo establecido en el artículo 83 ° del Reglamento de la Ley N° 26850, aprobado por D.S. N° 039.98.PCM, lo que
formalmente se hizo a t ravés de la Resolución Directoral N° 747-2001-ED. Copias de todos los documentos
mencionados corren en el expediente.
2. Se ha notificado a MYREL S.A. en varias oportunidades, tanto por la Entidad como por el Tribuna l, aún med iante
edicto publica do por este último en el Diario Oficial El Peruano de fecha 17.10.2001, sin que hasta la fecha dicha
empresa haya efectuado sus descargos.
FUNDAMENTACIÓN :
Figurand o en autos la declaración jurada del postor MYREL S.A. de 14.08.2000, donde manifestó conocer las
sanciones contenidas tanto en la Ley de Simplificación Administrativa, como en la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado y su Reglamento, siendo patente, evidente, el incumplimiento -sin excusa alguna- de
ejecutar la obligación a que se comprometió al obten er la buena pro de la adjudicación directa a la que postuló, se
encuentra incurso en la infracción prevista en el Artículo 205°, literal b) del Reglamento de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 013.200 1.PCM, por lo que deviene en pasible de sanción.
De conformidad con las f acultades conferidas en los Artículos 52°, 59° y 61° del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 012.2001.PCM, el Artículo 204° de su Reglamento
aprobado por D.S. N° 013.2001.PCM, analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate;
LA SALA RESUELVE:
1. Sancionar a la empresa Materiales y Representaciones Eléctrica s S.A. -MYREL S.A. con un (1) año de suspensión
en el ejercic io de sus derechos a presentarse en procesos de selección y a contratar con el Estado, entendiéndose
que la sanción entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación al infractor, la misma que operará a
través de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, al desconoc erse el domicilio cierto del mismo.
2. P one r la presente r esolución de conocimiento de la Gerencia de Registros de CONSUCODE, para las
correspondientes anotaciones de ley.
3. Devolver a la Entidad los an tecedentes administrativos remitidos para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS:
Delgado Pozo
Rodríguez Ardiles
Cabieses López

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