Resolución Nº 026-2019 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la inscripción de los valores mobiliarios denominados "Octava Emisión del Tercer Programa de Emisión de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.")

Fecha18 Marzo 2019
Número de resolución026-2019
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELAIGUALDADDEOPORTUNIDADESPARAMUJERESYHOMBRESAÑODELALUCHACONTRALACORRUPCIÓNYLAIMPUNIDAD
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Resolución de Intendencia General SMV
Nº 026-2019-SMV/11.1
Lima, 18 de marzo de 2019
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El expediente Nº 2019008586, así como el Informe
Interno Nº 266-2019–SMV/11.1 del 16 de marzo de 2019, de la Intendencia General
de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
Considerando:
Que, el 04 de marzo de 2019, Luz del Sur S.A.A. solicitó
a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV el registro de la Actualización N°
3 del Segundo Prospecto Marco correspondiente al «Tercer Programa de Emisión de
Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.» y la
inscripción de los valores denominados «Octava Emisión del Tercer Programa de
Emisión de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.»,
hasta por un monto máximo en circulación de US$ 25 000 000,00 (Veinticinco Millones
y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) en moneda nacional, así como el
registro del Complemento del Prospecto Marco en el Registro Público del Mercado de
Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, de la revisión de la documentación e información
presentada se ha verificado que en Junta Obligatoria Anual de Accionistas de Luz del
Sur S.A.A. celebrada el 26 de marzo de 2013, se aprobó el «Tercer Programa de
Emisión de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto de Plazo de Luz S.A.A.»
hasta por un monto máximo en circulación de US$ 350 000 000,00 (Trescientos
Cincuenta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su
equivalente en moneda nacional; asimismo, se delegó en el Directorio las facultades
necesarias para determinar los términos, condiciones y características del programa y
sus respectivas emisiones y/o series;
Que, en el marco del referido acuerdo, el Directorio de
Luz del Sur S.A.A., en sesión celebrada el 01 de abril de 2013, acordó autorizar a los
señores Mile Cacic Enríquez, Luis Fernando de las Casas Riccardi, Víctor Scarsi
Hurtado y Rosa Elena Heredia Mendoza, para que cualesquiera, dos de ellos,
actuando conjuntamente, puedan determinar todos y cada uno de los términos,
condiciones y características del programa y/o sus emisiones;
Que, mediante Resolución de Intendencia General SMV
N° 029-2014-SMV/11.1 del 28 de marzo de 2014 se inscribió, en el marco de un
trámite anticipado, el Programa de Emisión denominado «Tercer Programa de Emisión
de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.» y se

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