Resolución Nº 0256-2021-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 27 de enero de 2021

Número de resolución0256-2021-TCE-S4
Fecha27 Enero 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº
0256-2021-TCE-S4
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Sumilla: (…) el consentimiento de la resolución del contrato por parte
del contratista constituye una consecuencia que deriva de su
exclusiva responsabilidad, en tanto que, desde que participó en
el procedimiento se sujetó a las reglas, máxime al haber
perfeccionado el Contrato.”
Lima, 27 de enero de 2021
VISTO en sesión del 27 de enero de 2021, de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 1233/2018.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra el Consorcio, integrado por la empresa Wirsolut Perú
S.A.C., y la empresa Wirsolut S.A., por su supuesta responsabilidad al haber ocasionado
que la Entidad resuelva el Contrato, siempre que dicha resolución haya quedado
consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral, en marco de la Adjudicación
Simplificada 89-2017-SUNAT/8B1200-Primera Convocatoria, convocada por la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT,
infracción tipificada en el literal f) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de
Contrataciones del Estado, modificado por Decreto Legislativo N° 1341,, y atendiendo a
los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), el 1 de
setiembre de 2017, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria - SUNAT, en lo sucesivo la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada
89-2017-SUNAT/8B1200-Primera Convocatoria, para la contratación del
“Servicio de seguimiento y monitoreo de carga – precintos electrónicos”, con un
valor estimado de S/ 76,109.50 (setenta y seis mil ciento nueve con 50/100 soles),
en lo sucesivo el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento fue convocado bajo la vigencia de la Ley
N° 30225, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, modificado por
el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, en adelante el Reglamento.
De acuerdo a la información registrada en el SEACE, el 14 de setiembre de 2017 se
llevó a cabo la presentación de ofertas y el 22 del mismo mes y año, se otorgó la
buena pro al Consorcio conformado por las empresas WIRSOLUT PERÚ S.A.C. y
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.01.2021 22:25:45 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.01.2021 22:27:54 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.01.2021 22:28:21 -05:00

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