Resolución Nº 0246-2000-TC-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 23 de agosto de 2000

Número de resolución0246-2000-TC-S2
Fecha23 Agosto 2000
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
246/2000.TC-S2
Lima, 23 AGO. 2000
Visto en sesión de la Segunda Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado del 22.08.2000, el Expediente Nº299.2000.TC referente al
recurso de revisión interpuesto por el Postor DOMIRUTH TRAVEL SERVICE S.A.C.,
relacionado con su reclamo sobre descalificación de propuesta económica y declaración
de desierto del Concurso Público Nº009P00032 “Servicio para Transporte Aéreo-Sede
Central – Segunda Convocatoria”, convocado con ESSALUD.
CONSIDERANDO:
Que, por publicaciones efectuadas el 13.06.2000, la Entidad convocó al proceso de
selección de la referencia con un valor referencial de US$. 1’109,377.20, señalando el
calendario conforme al cual se llevarían a cabo los actos públicos de presentación de
propuestas y de otorgamiento de la Buena Pro;
Que, en el acto público llevado a cabo el 18.07.2000 para dar a conocer los
resultados de la evaluación técnica, y proceder a la apertura de los sobres No.2 que
contenían la propuesta económica, el Presidente del Comité Especial solicitó al
representante de DOMIRUTH TRAVEL SERVICE S.A.C. aclarar los alcances del anexo
“Cancelación de Viajes” (folio 025) contenido en su propuesta económica, respondiendo
éste que ese anexo formaba parte de la misma;
Que, en el acta se deja constancia que el Presidente del Comité anunció que,
luego de revisadas las formalidades del sobre N° 2, solo se encontraba en orden la
propuesta del Postor Promotora de Turismo Nuevo Mundo; y que se desestimaba la
propuesta del Postor Domiruth Travel Service S. A. C. por presentar el anexo “Cancelación
de Viajes” contradicción con su propuesta técnica y el numeral 7.2 del anexo 5 de las
Bases, por lo que se le devuelve a través del Notario Público, declarándose desierto el
Concurso Público por quedar únicamente una oferta válida, de conformidad con lo
dispuesto por el art. 32º de la Ley No.26850;
Que, el 24.07.2000 el Postor interpone recurso de apelación contra lo resuelto por
el Comité Especial por adolecer de nulidad insalvable conforme a los fundamentos de
hecho y de derecho que expone. Refiere que en el acto público de proclamación de
resultados de las propuestas técnicas obtuvo 100.00 puntos y que el Postor Promotora de
Turismo Nuevo Mundo S. A. obtuvo 84.00 puntos; refiere, asimismo, las circunstancias de
la desestimación de su propuesta económica; la decisión de devolver su propuesta
económica por haber quedado solamente una propuesta válida y la decisión del Comité de
declarar desierto el Concurso Público;

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