Resolución Nº 0245-2021-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 16-04-2021

Número de resolución0245-2021-ANA
Número de expediente99335-2020
Fecha16 Abril 2021
MateriaTarifa de Uso de Agua
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
,
Ministerio
PERU
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego
Autoridad
Nacional
del
Agua
'Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres'
"Año
del
Bicentenario
del
Perú:
200
años
de
Independencia"
Tribunal
Nacional
de
^
Resolución
de
Controversias
Hídricas
HACin
nUNCtSIM
Lue
^
MAURICtO
RE>
LOAIZA
Presiae
RESOLUCIÓN
^
^5
-2021-ANA/TNRCH
1
6
ABR.
2021
Lima,
EXP.
TNRCH
CUT
IMPUGNANTE
MATERIA
ÓRGANO
UBICACIÓN
POLÍTICA
320-2020
99335-
2020
STATKRAFT
PERÚ
S.A.
Tarifa
de
uso
de
agua
ALA
Jequetepeque
Distrito
Provincia
Departamento
Yonán
Contumazá
Cajamarca
gonzalesb
SUMILLA:
Se
declara
la
nulidad
de
oficio
de
la
Resolución
Administrativa
144-2020-ANA-AAA.
V-JZ/ALAJ
y,
en
consecuencia,
improcedente
el
recurso
de
reconsideración
interpuesto
por
STATKRAFT
PERÚ
S.A,
contra
la
Resolución
Administrativa
425-2019-ANA-AAA.V-
JZ/ALAJ.
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO
Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
interpuesto
por
STATKRAFT
PERÚ
SA.
(en
adelante
Statkraft)
contra
la
Resolución
Administrativa
144-2020-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ
de
fecha
10.08.2020,
mediante
la
cual
la
Administración
Local
de
Agua
Jequetepeque
resolvió
declarar
improcedente
su
recurso
de
reconsideración
de
la
Resolución
Administrativa
425-2019-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ
de
fecha
27,12.2019,
mediante
la
cual
se
resolvió
lo
siguiente:
«.Articulo
Primero.
-
APROBAR,
los
valores
de
las
tarifas
para
el
año
2020,
por
la
Utilización
de
la
Infraestructura
Hidráulica
Mayor,
al
Proyecto
Especial
Jequetepeque
laña,
cuya
contribución
por
parte
de
los
usuarios
del
ámbito
del
Sistema
Hidráulico
Común
Regulado
Jequetepeque
que
lo
conforman
es
de
acuerdo
a
los
siguientes
detalles:
USUARIOS
UNIDAD
DE
PAGO
VALOR
DE
TARIFA
POR
UTILIZACIÓN
DE
INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA
MAYOR
Junta
de
Usuarios
de
Sector
Hidráulico
Menor
Jequetepeque
Clase
A
(Regulado)
S/m3
0.00862104
Empresa
Agrícola
Cerro
Prieto
S.A.C.
$/m^
0.02500000
Bloque
de
Riego
Áreas
Nuevas
PJET1201-847
PrrP
0.00573433
Municipalidad
Distrital
de
Pacasmayo
S/m3
0.00925734
Statkraft
Perú
S.A.
S/m3
0.00086210
H^CIOV
Articulo
Segundo.
DISPONER
que
el
Proyecto
Especial
Jequetepeque
Zaña
reporte
cada
mes:
Los
volúmenes
de
agua
captados,
distribuidos
entregados
y
fracturados,
según
los
formatos
establecidos
por
la
ANA.
Los
reportes
deben
ser
alcanzados
en
un
plazo
de
los
siete
(07)
primeros
dias
hábiles
bajo
responsabilidad.
Articulo
Tercero.
-
ESTABLECER
que
el
incumplimiento
de
pago
de
la
tarifa
por
utilización
de
la
infraestructura
hidráulica
mayor
faculta
a
la
entidad
que
ejerce
el
rol
de
operador
de
la
infraestructura
hidráulica
a
efectuar
la
suspensión
del
servicio
de
suministro
de
agua.
Así
mismo
el
incumplimiento
del
pago
de
la
tarifa
por
la
causal
contenida
en
el
artículo
72°.
numeral
de
la
Ley

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