Resolución nº 02346-2023 de Superintendencia de Banca y Seguros, 12-07-2023
Fecha | 12 Julio 2023 |
Emisor | Superintendencia de Banca y Seguros |
Tipo de documento | COOPAC |
Lima, 12 de julio de 2023
Resolución S.B.S.
N° 2346-2023
La Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución SBS N° 480-2019 y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, en el cual se establecen las disposiciones sobre tasas de provisiones por riesgo de crédito que resultan aplicables a los diferentes tipos de crédito, en función de la clasificación crediticia de los deudores para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC); así como las disposiciones aplicables sobre el cálculo del requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito y disposiciones con la finalidad de procurar que las COOPAC administren adecuadamente el riesgo de concentración en las operaciones que realizan;
Que, mediante la Resolución SBS N° 577-2019 y sus modificatorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público;
Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 076-2020 y sus modificatorias, se dispuso la creación del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE del Sector Turismo (FAE-TURISMO) con la finalidad de promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE) del Sector Turismo, a través de créditos para capital de trabajo, y mediante Resolución Ministerial N° 228-2020-EF/15 y sus modificatorias, se aprobó su Reglamento Operativo;
Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 004-2022, se establecieron medidas en materia económica y financiera, que garanticen que la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) del sector turismo continúe accediendo a créditos garantizados con el FAE-TURISMO, destinados a financiar capital de trabajo, adquisición de activo fijo y/o consolidación financiera o compra de deuda de las deudas de capital de trabajo que pudieran haber sido adquiridas con posterioridad a la declaración de Estado de Emergencia; así como la reprogramación de créditos otorgados por dicho fondo;
Que, mediante Resolución SBS N° 2082-2022 se dispuso que a la parte de los créditos reprogramados que cuentan con la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba