Cayhuayna, 29 de febrero de 2024
VISTOS, los documentos que se acompañan en dos (02) folios;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; artículo concordado con la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto Modificado de la UNHEVAL;
Que, la Ley Nº 27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada por la Ley Nº 27927, ambas integradas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, fueron aprobados con la finalidad de promover la transparencia en los actos de las entidades estatales, así como de respetar y garantizar el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el...