Resolución Nº 0211-2014-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 26-09-2014

Fecha26 Septiembre 2014
Número de resolución0211-2014-ANA
MateriaProcedimiento Administrativo Sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
Ministerio
deAgricultura y Riego
Autoridad Nacional
del Agua
Tribunal Nactonal de
Resolución de
Controversias Hídncas
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JOHN IVÁN c.
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ORTIZ • NCHEZ
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"Decenio de las personas con Díscapacidad en el Perú"
"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"
RESOLUCIÓN N° 211 -2014-ANA/TNRCH
Lima,
2 6 SET: 2J14
EXP. TNRCH
:
. 818-2014
CUT
:
. 49011-2012
IMPUGNANTE
:
. Analí Mariella Oviedo Pérez
ORGANO
:
. AAA Caplina -- Ocoña
MATERIA
:
. Procedimiento
Administrativo
Sancionador
UBICACIÓN
Distrito
:
. Tanca
POLITICA
Provincia : Tacna
Departamento: Tacna
SUMILLA:
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Analí Mariella Oviedo Pérez contra la Resolución Directoral N° 461-2012-
ANA/AAA I
C-0,
al haberse constatado la vulneración al principio del debido procedimiento.
1. RECURSO ADMINISTRATIVO Y ACTO IMPUGNADO
El recurso de apelación interpuesto por Analí Mariella Oviedo Pérez, contra la Resolución Directoral N°
461-2012-ANA/AAA C-0 de fecha 19.07.2012 emitida por la Autoridad Administrativa del Agua Caplina
- Ocoña, que declaró improcedente por falta de nueva prueba el recurso de reconsideración interpuesto
por la citada señora contra la Resolución Directoral N° 383-2001-ANA/AAA I C-0, que la sancionó con
una multa de 3 UIT por sustraer agua del canal de Uchusuma.
2, DELIMITACIÓN DE LA PRETENSIÓN IMPUGNATORIA
La señora Analí Mariella Oviedo Pérez solicitó que se revoque la Resolución Directoral N° 461-2012-
ANA/AAA C-0.
3. FUNDAMENTOS DEL RECURSO
La impugnante sustenta su recurso con los siguientes argumentos:
3.1 No tomó conocimiento de la imputación de cargo sobre sustracción de agua del canal Uchusuma,
ya que no fue notificada en su domicilio y por tanto no efectuó descargo alguno vulnerándose su
derecho a la defensa y al debido proceso.
3.2 Se debe tener en cuenta que el vehículo de placa de rodaje WP9583 lo utilizaba para alquilarlo a
diferentes personas y que en la actualidad no es propietaria del mencionado vehículo, además que
no se dedica a la venta de agua.
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EZ
ANTECEDENTES
Actuaciones previas al inicio del procedimiento administrativo sancionador.
4.1 Con Oficio N° 083-2009/JUVT-CRMT de fecha 07.08.2009, la Comisión de Regantes Magollo puso
en conocimiento de la Administración Local de Agua Tacna, el Informe N° 001-2009-SSVCU-T,
emitido por personal a su cargo donde informó la extracción de agua en el canal Uchusuma mediante
la cisterna con placa de rodaje WP-9583, adjuntando las respectivas fotos y el parte de ocurrencia de
fecha 23.07.2009 emitido por la Municipalidad Provincial de Tacna.
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