Resolucion N° 020-2023-OS/CD. Declaran fundado en parte recurso de reconsideración interpuesto por Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A contra la Resolución N° 229-2022-OS/CD

Fecha de publicación30 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 27 de enero de 2023

CONSIDERANDO:

1. ANTECEDENTES

Que, con fecha 19 de diciembre de 2022, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”), publicó la Resolución N° 229-2022-OS/CD (en adelante “Resolución 229”), mediante la cual, se modificó el Plan de Inversiones en Transmisión del período comprendido entre el 01 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2025 (en adelante “PI 2021-2025”), aprobado mediante Resolución N° 126-2020-OS/CD y reemplazado con Resolución N° 191-2020-OS/CD, en lo correspondiente al Área de Demanda 8 (en adelante, AD 8);

Que, contra la Resolución 229, con fecha 11 de enero de 2023, la empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (en adelante, “SEAL”), dentro del término de ley, presentó recurso de reconsideración (en adelante “RECURSO”), siendo materia del presente acto administrativo el análisis y decisión de dicho recurso.

2. EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

Que, SEAL solicita se declare fundado su RECURSO y, en consecuencia, se modifique la Resolución 229, a efectos de considerar un Autotransformador en 60/66 kV de 25 MVA para SET Bella Unión, una celda de transformador en 60 kV y una celda de transformador en 60 kV (lado 66 kV) para el año 2025.

2.1 AUTOTRANSFORMADOR EN 60/66 kV DE 25 MVA PARA SET BELLA UNIÓN, UNA CELDA DE TRANSFORMADOR EN 60 kV Y UNA CELDA DE TRANSFORMADOR EN 60 kV (LADO 66 kV) PARA EL AÑO 2025.

2.1.1 ARGUMENTOS DE LA RECURRENTE

Que, conforme lo indica la recurrente, en el informe técnico N° 694-2022-GRT (páginas 50 y 51) Osinergmin muestra su análisis de flujo de potencia del sistema de transmisión Bella Unión – Chala, incluyendo el banco capacitivo de 6 MVAr en 60 kV, de cuyos resultados observa una mejora de la tensión en la SE Chala 60 kV dentro de las tolerancias según la NTCSE;

Que, refiere que, Osinergmin ha indicado que debe evaluar las características finales del banco capacitivo a implementar, encontrando que el autotransformador propuesto, permitía incrementar la potencia a ser suministrada desde la SE Chala, sin embargo, se advirtieron de las limitaciones de potencia por estabilidad de tensión;

Que, SEAL indica, la curva P-V es utilizada para determinar el límite de estabilidad de tensión en estado estacionario de un sistema de potencia. En este sentido, de acuerdo a la distancia y potencia entre el punto de conexión y punto de tensión crítico, la curva P-V permite establecer dos regiones, siendo una, la de tensión estable y la otra, de tensión inestable. Asimismo, la curva también permite determinar la punta o codo, el cual representa el punto de máxima carga, que es el punto de colapso de tensión cuando las cargas se modelan como potencia constante, siendo el sistema de potencia de tensión inestable en el punto de colapso de tensión;

Que, SEAL muestra un gráfico sobre la curva P-V para el sistema de Bella Unión – Chala, explicando que el banco capacitivo de 6 MVAr en 60 kV propuesto por Osinergmin solo contribuye a mejorar en parte el factor de potencia y la tensión, sin embargo, no aporta sustancialmente a mejorar la estabilidad de tensión, manteniéndose la limitación de la potencia por este concepto, toda vez que los parámetros del sistema de transmisión, así como, las magnitudes de demanda se mantienen; añadiendo que se...

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