Resolución Nº 0196-2021-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 22 de enero de 2021

Número de resolución0196-2021-TCE-S2
Fecha22 Enero 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 00196-2021-TCE-S2
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Sumilla: “(…) para que la infracción imputada se configure,
es menester que la E ntidad, efectivamente, haya
resuelto el contrato conforme al procedimiento
descrito. De esta manera, aun en los casos en los
que se hayan generado incumplimientos
contractuales, si la Entidad no ha resuelto el
contrato con observancia de las normas citadas y
el debido p rocedimiento, la conducta no podrá
ser pasible de sanción, asumiendo la Entidad la
exclusiva responsabilidad respecto a tal
situación.
.”
Lima, 22 de enero de 2021
VISTO en sesión del 22 de enero de 2021 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente 1424/2020.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador seguido contra la empresa KA’LINSON PERÚ S.A.C., por su
supuesta responsabilidad al haber ocasionado que la Entidad resuelva el Contrato, siempre
que dicha resolución haya quedado consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral;
infracción tipificada en el literal f) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según información obrante en el SEACE, el 16 de abril de 2020, la Dirección de
Aviación Policial, en adelante la Entidad, invitó a la Contratación Directa
N° 003-2020-DIRAVPOL PNP, para la “Adquisición del segundo lote de implementos de
bioseguridad, protección personal y útiles de limpieza para el personal de la DIRAVPOL
ante la prolongación y expansión de la pandemia COVID-19 - situación de
emergencia”, con un valor referencial ascendente a S/1’240,613.50 (un millón
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.01.2021 13:39:18 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.01.2021 15:48:57 -05:00
Firmado digitalmente por RAMOS
CABEZUDO Danny William FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.01.2021 16:53:43 -05:00
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 00196-2021-TCE-S2
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doscientos cuarenta mil seiscientos trece con 50/100 soles), en adelante la
Contratación Directa.
Dicha contratación se realizó durante la vigencia del Texto Único Ordenado de la Ley
N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley N° 30225, y su Reglamento, aprobado
por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 377-
2019-EF, en adelante el Reglamento.
El 17 de abril de 2020 se llevó a cabo la presentación de ofertas, y ese mismo día fue
adjudicada la contratación directa, a favor de la empresa Ka’Linson Perú S.A.C., por el
monto de su oferta ascendente a S/1’240,613.50 (un millón doscientos cuarenta mil
seiscientos trece con 50/100 soles).
El 30 de abril de 2020, la Entidad y la empresa Ka’Linson Perú S.A.C., en lo sucesivo el
Contratista, suscribieron el Contrato N° 04-2020-DIRAVPOL-PNP, en adelante el
Contrato, por el monto adjudicado.
2. Mediante formulario de “Solicitud de aplicación de sanción - Entidad/Tercero”
presentado el 29 de julio de 2020 en la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones
del Estado, en adelante el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el
Contratista habría incurrido en causal de infracción al haber ocasionado que la
Entidad resuelva el Contrato.
A fin de sustentar su denuncia adjuntó, entre otros documentos, el Informe
67-2020-DIRAVPOL-PNP/UNIADM-ARELOG-ALC del 8 de junio de 2020, en el cual
se señala lo siguiente:
2.1 El 11 de abril de 2020, la Entidad invitó al Contratista a suministrar el segundo
lote de implementos de bioseguridad, estableciendo un plazo de entrega de dos
(2) días calendario contados a partir de la recepción de dicha invitación.
2.2 El 13 de abril de 2020, el Contratista entregó parte de los bienes solicitados; sin
embargo, se verificó que no había entregado ocho mil seis (8,006) unidades del

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