Resolución Nº 01940 -2023 -TCE-S5, Tribunal de Contrataciones del Estado, 24 de abril de 2023

Número de resolución01940 -2023 -TCE-S5
Fecha24 Abril 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01940 -2023 -TCE-S5
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Sumilla: “(…), la Entidad no tuvo en cuenta el aumento sobre
el jornal básico diario vigente a partir del 1 de junio
de 2022, aprobado mediante la “Convención
Colectiva del Trabajo Acta Final de Negociación
Colectiva en Construcción Civil 2022-2023”, para el
cálculo del costo para el operario, oficial y peón
(…)”.
Lima, 24 de abril de 2023.
VISTO en sesión de fecha 24 de abril de 2023 de la Quinta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 4584/2023.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por la empresa METALCIV S.A.C., en el marco de la Adjudicación
Simplificada N° 5-2023-MDC-CS-1, convocada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
COISHCO, para la contratación de la ejecución de la obra "Construcción de aula de
educación secundaria y escalera de acceso, en el (La) I.E. 88025 Coishco, distrito de
Coishco, provincia Santa, departamento Ancash, con CUI N°2573880; y, atendiendo a
los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 22 de febrero de 2022, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COISHCO, en adelante
la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada N° 5-2023-MDC-CS-1, para la
contratación de la ejecución de la obra "Construcción de aula de educación
secundaria y escalera de acceso, en el (La) I.E. 88025 Coishco, distrito de Coishco,
provincia Santa, departamento Ancash, con CUI N°2573880, con un valor
referencial ascendente a S/ 258,699.07 (doscientos cincuenta y ocho mil
seiscientos noventa y nueve con 07/100 soles), en adelante el procedimiento de
selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
Firmado digitalmente por RAMOS
CABEZUDO Danny William FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.04.2023 16:08:04 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.04.2023 16:33:40 -05:00
Firmado digitalmente por CHOCANO
DAVIS Christian César FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.04.2023 17:04:12 -05:00
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aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus respectivas
modificatorias, en adelante el Reglamento.
El 3 de marzo de 2023 se llevó a cabo la presentación electrónica de ofertas,
mientras que el 6 del mismo mes y año se publicó en el SEACE la buena pro
otorgada a favor del CONSORCIO P&M, integrado por las empresas
CONSTRUCCIONES & CONSULTORÍA MURILLO S.A.C. e INVERSIONES Y
REPRESENTACIONES LA MERCED S.R.L., en adelante el Consorcio Adjudicatario,
en atención al siguiente resultado:
POSTOR
ETAPAS
ADMISIÓN
PRECIO
OFERTADO
(S/.)
EVALUACIÓN Y
ORDEN DE
PRELACIÓN
CONSORCIO P&M
Admitido
232,829.17
115.00
1
GRUPO VICA
CONSTRUCCIONES
E.I.R.L.
Admitido
S/ 232,829.17
115.00
2
BUENOS AIRES
SOLUCIONES
INTEGRALES S.R.L.
Admitido
S/ 232,829.17
115.00
3
PADILLA B HNOS
S.A.C.
Admitido
S/ 232,829.17
105.00
4
G&T CIAPEZA S.A.C.
Admitido
242,476.13
CORPORACIÓN
KERTLYN E.I.R.L.
Admitido
S/ 242,476.13
INVERSIONES Y
NEGOCIACIONES
PANDORA S.R.L.
Admitido
S/ 248,351.11
INVERSIONES SILCA
S.A.C.
CONTRATISTAS
GENERALES
Admitido
S/ 232,829.17
CONSTRUCTORA Y
CONSULTORA R&M
INGENIEROS S.A.C.
Admitido
S/ 232,829.17
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CONSTRUCCIONES
UNIVERSO S.A.C.
Admitido
S/ 232,829.17
CORPORACIÓN
FARGO S.A.C.
Admitido
S/ 232,829.17
METALCIV S.A.C.
Admitido
S/ 232,829.17
CONSORCIO
CRIZDAR
Admitido
S/ 245,742.53
2. Mediante escrito N° 1, presentado el 13 de marzo de 2023 ante la Mesa de Partes
del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la empresa
METALCIV S.A.C., en adelante el Impugnante, interpuso recurso de apelación
contra la evaluación de su oferta y el otorgamiento de la buena pro, solicitando
que se otorgue la misma a su favor, en base a los siguientes argumentos:
Sobre la falta presentación del Anexo N° 6 para acreditar el factor de
evaluación “precio”.
Cuestiona la decisión del comité de selección por haber descalificado su
oferta, debido a que no presentó el Anexo N° 6 para acreditar el factor de
evaluación “precio”, pese a que su representada cumplió con presentar
el citado anexo como parte de su oferta para la admisión de ofertas.
Agregó que las bases integradas no establecieron que se deba presentar
dicho documento por duplicado.
Cuestionamientos contra la oferta del Consorcio Adjudicatario.
El Consorcio Adjudicatario presentó una oferta económica por el monto
de S/ 232,829.17; sin embargo, dicha oferta contiene un error aritmético,
siendo el monto correcto S/ 232,829.16, encontrándose por debajo del
noventa por ciento (90%) del valor referencial; por lo tanto, dicha oferta
debió ser rechazada.

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