Resolucion Nº 0194-2023-JNE. Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huarochirí, departamento de Lima

Fecha de publicación16 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”

Expediente N° JNE.2023002743


HUAROCHIRÍ-LIMA


VACANCIA


CONVOCATORIA DE CANDIDATO


NO PROCLAMADO


Lima, siete de noviembre de dos mil veintitrés


VISTOS: los Oficios N° 102-2023-SG-MPH-M y N° 104-2023-SG-MPH-M, presentados el 2 y 16 de octubre de 2023, respectivamente, mediante los cuales don Miguel Ángel Valenzuela Valdivia, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, departamento de Lima (en adelante, señor secretario general), remite documentación relacionada con la declaratoria de vacancia de doña Yadhira Nicole Aldave Vásquez, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora).


ANTECEDENTES


1.1. A través de los oficios referidos en el visto, el señor secretario general comunicó que, con el Acuerdo de Concejo N° 062-2023-CM/MPH-M, del 14 de julio de 2023, el Concejo Provincial de Huarochirí formalizó la declaratoria de vacancia de la señora regidora por inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).


1.2. Para ello, remitió, entre otros, los siguientes documentos:


a) Anexo A del Reglamento Interno del Concejo Municipal 2023-2026 (RIC), sobre autorización de notificaciones vía correo electrónico o número celular, suscrito por la señora regidora.


b) Esquelas de convocatorias para las sesiones ordinarias del 12 y 26 de abril, 11 y 25 mayo de 2023.


c) Actas de sesiones ordinarias del 12 y 26 de abril, 11 y 25 de mayo de 2023.


d) Carta emitida por la señora regidora, del 24 de abril de 2023, sobre su imposibilidad de continuar su labor edil.


e) Informe N° 130-2023-SG/MPH-M, emitido, el 12 de junio de 2023, por el señor secretario general, respecto a las inasistencias de la señora regidora.


f) Esquela de Convocatoria N° 013-2023-SG, para la sesión extraordinaria programada para el 13 de julio de 2023, así como su remisión electrónica a la señora regidora.


g) Acta de la sesión extraordinaria, del 13 de julio de 2023, en la que los miembros del concejo provincial aprobaron la vacancia de la señora regidora.


h) Acuerdo de Concejo N° 062-2023-CM/MPH-M, del 14 de julio de 2023, que formalizó la decisión adoptada.


i) Carta N° 081-2023-SG-MPH-M, del 21 de julio de 2023, mediante la cual notificaron el citado acuerdo de concejo a la señora regidora.


j) Informe N° 169-2023-SG/MPH-M, emitido, el 17 de agosto de 2023, por el señor secretario general, sobre no impugnación del mencionado acuerdo de concejo.


k) Acuerdo de Concejo N° 081-2023-CM/MPH-M, del 24 de agosto de 2023, que da por consentida la Carta N° 081-2023-SG-MPH-M, con la que se notificó el Acuerdo de Concejo N° 062-2023-CM/MPH-M.


l) Comprobante de pago de tasa electoral.


CONSIDERANDOS


Primero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)


En la Constitución Política del Perú


1.1. Los numerales 4 y 5 del artículo 178 establecen como atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones las siguientes:


4. Administrar justicia en materia electoral.


5. Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales...

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