Resolución Nº 0182-2021-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 12-03-2021

Número de resolución0182-2021-ANA
Número de expediente1209-2021
Fecha12 Marzo 2021
MateriaProcedimiento Administrativo Sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
.
Ministerio
PERU
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego
Autoridad
Nacional
del
Agua
Tribunal
Nacional
de
Resolución
de
Controversias
Hídricas
'Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
'Año
del
Bicentenario
del
Perú:
200
años
de
Independencia"
RESOLUCION
HURC
LOAIZA
Preside
i
-2021-ANA/TNRCH
Lima,
1
2
MAR.
2021
EXP.
TNRCH
CUT
IMPUGNANTE
ÓRGANO
MATERIA
UBICACIÓN
POLÍTICA
029-2021
1209-2021
Multiservicios
Ave
Fénix
S.A.C.
AAA
Capiina-Ocoña
Procedimiento
administrativo
sancionador
Distrito
Provincia
Departamento
Cerro
Colorado
Arequipa
Arequipa
SUMILLA:
Se
declara
de
ofício
la
caducidad
administrativa
del
procedimiento
administrativo
sancionador
instaurado
contra
Multiservicios
Ave
Fénix
S.A.
C.
a
través
de
la
Notificación
N"
283-2019-ANA-AAA.CO-ALA-CH,
en
consecuencia,
se
dispone
el
archivo
de
dicho
procedimiento,
dejándose
sin
efecto
la
Resolución
Directoral
1633-2020-ANA-AAA.CO.
HftClO/V
GUNTHER
HERnA\_
GONZAiES-eÍR
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO
Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
presentado
por
Multiservicios
Ave
Fénix
S.A.C.
contra
la
Resolución
Directoral
1633-2020-ANA-AAA.CO
de
fecha
04.12.2020,
emitida
por
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Capiina-Ocoña,
que
resolvió
sancionar
Multiservicios
Ave
Fénix
S.A.C.
con
una
multa
equivalente
a
2.1
ÜIT
por
usar
agua
sin
el
correspondiente
derecho
de
uso
otorgado
y
por
la
ejecución
de
obras
hidráulicas
sin
autorización
de
la
Autoridad
Nacional
del
Agua.
Dichos
hechos
se
encuentran
ipificados
como
infracción
en
los
numerales
1
y
3
del
articulo
120°
de
la
Ley
de
Recursos
Hidricos
literales
a)
y
b)
del
articulo
277°
del
Reglamento
de
la
Ley.
Asimismo,
dispuso
que
la
infractora
^e
de
usar
el
agua
y
se
clausure
el
pozo
construido
en
el
plazo
de
treinta
(30)
dias.
IMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
Mul^servicios
Ave
Fénix
S.A.C.
solicita
que
la
resolución
impugnada
sea
declarada
nula
y
se
revoque
la
sánción
impuesta.
3.
FUNDAMENTOS
DEL
RECURSO
Multiservicios
Ave
Fénix
S.A.C.
sustenta
su
recurso
de
apelación
con
los
siguientes
argumentos:
Si
bien
en
el
escrito
de
noviembre
de
2020
solicitó
la
nulidad
del
Informe
Técnico
203-2020-
ANA-AAA-CO-ALA.CH,
dicho
argumento
no
corresponde
a
la
postura
de
la
empresa
respecto
al
fondo
de
la
controversia,
además,
en
dicho
escrito,
reiteró
el
allanamiento
a
la
infracción
imputada,
por
lo
que
corresponde
se
aplique
el
atenuante
por
reconocimiento
de
responsabilidad,
recogido
en
el
literal
a)
del
numeral
2
del
articulo
257°
del
TUO
de
la
Ley
del
Procedimiento
Administrativo.
No
se
ha
merituado
que
actualmente
se
encuentra
tramitando
la
regularización
de
la
licencia
de
uso
de
agua,
con
la
intención
de
alinear
sus
actividades
a
las
disposiciones
legales.
Por
lo
tanto,
el
haber
actuado
de
manera
diligente
debe
considerarse
como
factor
atenuante
para
la
imposición
de
la
sanción.

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