Resolución Nº 017-2021-SUNEDU de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 25-03-2021

Fecha25 Marzo 2021
Número de resolución017-2021-SUNEDU
EmisorSuperintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 0017-2021-SUNEDU
Lima, 25 de marzo de 2021
VISTOS:
El Informe N° 028-2021-SUNEDU-03-07 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y
el Informe N° 261-2021-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2021, se aprueban los presupuestos institucionales de los Pliegos del Sector Público, y a través
de la Resolución de Superintendencia N° 080-2020-SUNEDU, se aprueba el Presupuesto
Institucional de Apertura - PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 0118:
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, por el monto de
S/ 70 546 302,00 (setenta millones quinientos cuarenta y seis mil trescientos dos y 00/100 Soles),
por toda fuente de financiamiento;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 0007-2021-SUNEDU, se aprueba la
desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo
N° 006-2021-EF, correspondiéndole al Pliego 118: Sunedu, el monto de S/ 47 880,00 (cuarenta
y siete mil ochocientos ochenta y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento
Recursos Ordinarios;
Que, a través de la Resolución de Superintendencia N° 0008 -2021-SUNEDU, se autoriza
la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 0118:
Sunedu, para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 3 076 365,00 (tres millones setenta y
seis mil trescientos sesenta y cinco y 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento 2
Recursos Directamente Recaudados;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 0016-2021-SUNEDU, se autoriza la
incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 0118:
Sunedu, para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 184 900,00 (ciento ochenta y cuatro
mil novecientos y 00/100 soles), con cargo a la fuen te de financiamiento 2 Recursos
Directamente Recaudados;
Que, el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores
ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados
ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a
límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en
Firmado Digitalmente por:
VARGAS ZAPATA Zoraida
FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 25/03/2021 11:11:30
Firmado Digitalmente por:
MUNARRIZ INFANTE Fressia
Mercedes FAU 20600044975
soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 25/03/2021 11:20:25
Firmado Digitalmente por:
DAGER ALVA Joseph Elias
FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 25/03/2021 12:31:04
Firmado Digitalmente por:
ZEGARRA ROJAS Oswaldo
Delfin FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 25/03/2021 12:54:52

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