Resolución Nº 0152-PE-ESSALUD-2015 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 23-02-2015

Fecha23 Febrero 2015
Número de resolución0152-PE-ESSALUD-2015
EstatusVigente
Tipo de documentoReglamento
EmisorPresidencia Ejecutiva
..
~EsSalud
Seguridad Social para todos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 152 -PE-ESSALUD-2015
Lima, 23
de
febrero
del
2015
VISTOS:
La
Carta
No
310-0CPD-ESSALUD-2015 y
el
Informe Técnico
No
05-GDI-OCPD-ESSALUD-
2015 de
la
Oficina Central de Planificación y Desarrollo,
la
Carta N°347 -OCAJ-ESSALUD-
2015 y
el
Informe W 71-GAA-OCAJ-ESSALUD-2015 de
la
Oficina Central de Asesoría
Jurídica,
y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo W 016-2012-TR,
se
declaró
en
reorganización
el
Seguro
Social de Salud -ESSALUD a fin de garantizar
la
efectiva prestación de los servicios que
brinda a los asegurados, así como
la
intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho
a
la
seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y
eficiencia;
Que,
en
el numeral 2.4 del artículo
del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD
realizará las acciones necesarias, teniendo
en
cuenta
lo
establecido
en
los numerales
precedentes, con el fin
de
fortalecer sus procedimientos internos,
su
estructura orgánica y
funcional, e instrumentos de gestión;
Que,
por Resolución de Presidencia Ejecutiva
656-PE-ESSALUD-2014, de fecha
31
de
diciembre de 2014, se aprobó
la
Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y
Funciones del Seguro Social de Salud -ESSALUD;
Que,
en
el numeral 7 del artículo
del Reglamento de Organización y Funciones de
ESSALUD, aprobado por
la
precitada Resolución,
se
considera
al
Instituto de Evaluación de
Tecnologías
en
Salud e Investigación- IETSI como uno de los Órganos Desconcentrados
que integran ESSALUD, cuya naturaleza es definida
en
el
artículo 191°, como responsable
de
la
evaluación económica, social y sanitaria de las tecnologías sanitarias para
su
incorporación a
la
institución, así como
de
proponer las normas, estrategias e innovación
científico tecnológica
en
el campo de
la
salud, que contribuya
al
acceso y uso racional de
tecnologías
en
salud basada
en
la
evidencia de
la
eficacia, seguridad y costo efectividad, a
ser utilizadas por
la
Red Prestadora de servicios de salud de ESSALUD
en
el
ámbito
nacional;
Que,
asimismo, el artículo 194° del precitado Reglamento dispone que
la
organización de los
órganos desconcentrados de ESSALUD
se
establecerá
en
su
respectivo Reglamento de
Organización y Funciones, precisando
en
la
Cuarta Disposición Complementaria y Transitoria
del mencionado documento de gestión, que
el
Reglamento de Organización y
Funcion~s
correspondiente
al
Instituto de Evaluación de Tecnologías
en
Salud e Investigación deberá
aprobarse
en
un
plazo máximo de 30 días;
Que,
con
Resolución de Gerencia General W 147-GG-ESSALUD-2015
se
aprobó el Plan de
Implementación del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD
en
el
cual
se
detallan las actividades específicas a realizar para dicha implementación, entre las cuales
se
consigna, entre otras,
la
transferencia de recursos entre órganos centrales y de éstos a
órganos desconcentrados de ESSALUD;
Que,
mediante Decreto Supremo W 043-2006-PCM, se aprobaron los lineamientos para
la
elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF por parte
de
·"
...
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 152 -PE-ESSALUD-2015
las entidades de
la
Administración Pública, consideradas
en
el
artículo
de dichos
lineamientos;
Que, mediante Resolución de Gerencia General
886-GG-ESSALUD-2008 se aprobó
la
Directiva
016-GG-ESSALUD-2008 "Normas para
la
Formulación y Aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones
en
ESSALUD", cuyo objetivo es establecer las
normas para determinar el marco de acción y los pasos a seguir para
la
formulación y
aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones
en
la
Institución;
en
cuyo
numeral 7.1.3
se
establece que el Reglamento de Organización y Funciones se formula,
reformula o actualiza
en
casos de creación de
un
nuevo órgano o unidad orgánica, entre
otras;
Que,
el
numeral
5.1
del acápite V de
la
referida Directiva, dispone que
la
Oficina Central de
Planificación y Desarrollo, a través de
la
Sub Gerencia de Organización y Desarrollo de
la
Gerencia de Desarrollo Institucional,
es
responsable de conducir
el
proceso de formulación y
actualización de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF)
en
la
Institución;
Que, de acuerdo
al
literal
i)
del artículo
37°
del Reglamento de Organización y Funciones de
ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva W 656-PE-ESSALUD-2014,
la
Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene
la
función de formular, actualizar,
evaluar y proponer, entre otros,
el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
de
ESSALUD y órganos desconcentrados;
Que,
en
el
Informe Técnico W 05-GDI-OCPD-ESSALUD-2015 elaborado por
la
Gerencia
de
Desarrollo Institucional de
la
Oficina Central de Planificación y Desarrollo, se concluye que
el
proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva materia de análisis
se
elaboró
en
cumplimiento del artículo 194 o y
la
Cuarta Disposición Complementaria y Transitoria del
Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado mediante Resolución
de
Presidencia Ejecutiva W 656-PE-ESSALUD-2014, indicándose además, que
la
estructura de
cargos jefaturales propuesta para
la
organización del Instituto no irroga incremento
presupuesta! y se financia con los recursos existentes;
Que,
asimismo,
en
el
precitado Informe Técnico
se
propuso
la
modificación de los literales
a)
e
i)
del artículo
7r
y el artículo 79° del Reglamento de Organización y Funciones
de
ESSALUD, a efectos de evitar
la
duplicidad de funciones por parte del Instituto
con
otros
órganos o unidades orgánicas de
la
Institución; por
lo
que las funciones relacionadas a
la
investigación y evaluación de tecnologías han sido asignadas a dicho Instituto;
Que,
atendiendo a
lo
expuesto, resulta conveniente aprobar
el
Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto de Evaluación de Tecnologías
en
Salud e Investigación- IETSI, a
efectos de dotarla del documento técnico normativo de gestión que oriente adecuadamente
el
funcionamiento de los órganos y unidades orgánicas que
la
conforman;
Que,
en
dicho contexto, a efectos de realizar una adecuada asignación de las funciones
de
investigación, con
el
fin de evitar
la
duplicidad de las mismas entre
el
referido Instituto y las
áreas de
la
Gerencia Central de Gestión de las Personas, es necesario realizar
modificaciones
al
Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por
Resolución de Presidencia Ejecutiva W 656-PE-ESSALUD-2014;
Que, de acuerdo a
lo
establecido en los incisos
e)
y
d)
del artículo
de
la
Ley
27056, Ley
de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Presidente
Ejecutivo aprobar
la
Estructura Orgánica y Funcional del ESSALUD, así como
su
Reglamento
de Organización y Funciones y los demás Reglamentos internos;
a
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 152 -PE-ESSALUD-2015
Con los vistos buenos de la Oficina Central de Planificación y Desarrollo y
la
Oficina Central
de Asesoría Jurídica;
Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas;
SE RESUELVE:
1.
APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Evaluación de
Tecnologías en Salud e Investigación (IETSI), que consta de tres (03) Títulos, diez (10)
Capítulos, veintiún (21) Artículos y dos (02) Anexos, los cuales forman parte de
la
presente Resolución.
2.
DISPONER la transferencia del personal y de los recursos, el presupuesto, bienes
muebles, aplicativos informáticos, archivos electrónicos y similares, así como el acervo
documentaría que corresponda de
la
Oficina de Coordinación Técnica y de los órganos
centrales hacia el Instituto, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Implementación
aprobado por Resolución de Gerencia General
No
147-GG-ESSALUD-2015 y las
disposiciones de
la
Alta Dirección.
3.
MODIFICAR los literales a) e i) del artículo 7r y el artículo 79° del Reglamento de
Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia
Ejecutiva
No
656-PE-ESSALUD-2014, los cuales quedarán redactados de
la
siguiente
manera:
"Artículo 77° GERENCIA
DE
DESARROLLO
DE
PERSONAL
(.
.
.)
a)
Elaborar, proponer, implementar y evaluar las nonnas y procedimientos relativos
a capacitación, evaluación del desempeflo, promoción y carrera
de
personal,
bienestar social, seguridad y salud
en
el trabajo, cultura y clima organizacional,
seguros personales y de apoyo a la fonnación profesional, evaluando su
cumplimiento
en
el ámbito institucional.
(.
..
)
i)
Controlar y evaluar la ejecución del presupuesto de capacitación, fonnación
profesional y bienestar personal y proponer las reprogramaciones
correspondientes.
( ...
)"
"Artículo 79° SUB GERENCIA
DE
EVALUACIÓN, DESARROLLO Y
CAPACITACIÓN
La
Sub
Gerencia
de
Evaluación, Desarrollo y Capacitación es
la
unidad orgánica
responsable de elaborar, e implementar las nonnas y procedimientos relativos
a.
la
capacitación, evaluación
de
desempeflo y
de
apoyo a
la
fonnación profesional,
formular, ejecutar, controlar y evaluar el Plan Anual de Capacitación, confonne a los
objetivos estratégicos de
la
institución y nonnas vigentes, organizar y ejecutar las
actividades de los programas
de
apoyo
de
fonnación profesional. Asimismo, se
encarga de controlar los recursos destinados a la capacitación, a
si
como
de
coordinar
y canalizar
el
asesoramiento y cooperación técnica de organismos nacionales· e
internacionales."
4.
DISPONER que la Oficina Central de Planificación y Desarrollo, la Gerencia Central de
Gestión de las Personas y
la
Gerencia Central de Finanzas, o quienes hagan sus veces,

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