Resolución Nº 015-GCPS-ESSALUD-2024 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 29-02-2024

Número de resolución015-GCPS-ESSALUD-2024
Fecha29 Febrero 2024
EstatusVigente
Tipo de documentoLineamiento
EmisorGerencia Central de Prestaciones de Salud
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de la conmemoración de las heroicas
batallas de Junín y Ayacucho”
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE PRESTACIONES DE SALUD N.° 015-GCPS-ESSALUD-2024
Lima, 29 de febrero de 2024
VISTOS:
El Informe N.º 00029-2024-GPNAIS/-ESSALUD de la Gerencia de Políticas y Normas de
Atención Integral de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N.° 26842, Ley General de Salud, señalan
que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para
alcanzar el bienestar individual y colectivo: por lo que la protección de la salud es de interés
público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, conforme al artículo 1º de la Ley N.º 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud,
es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrito al Sector
Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad es dar cobertura a los asegurados y sus
derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de promoción, prevención,
recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden
al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos
humanos;
Que, en el literal e) del artículo de la Ley N° 27056 se establece que, para el cumplimiento de
su finalidad y objetivos, ESSALUD formula y aprueba sus reglamentos internos, así como otras
normas que le permitan ofrecer sus servicios de manera ética, eficiente y competitiva;
Que, mediante Resolución Ministerial N.° 800-2012/MINSA, se aprueba la Directiva Sanitaria N.°
049-MINSA/DGE-V.01 "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de Sarampión,
Rubéola y Otras Enfermedades Febriles Eruptivas", con la finalidad de contribuir a la prevención,
control y eliminación de la circulación del virus de sarampión y rubeola en el País, y a la detección
oportuna de casos importados;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del Artículo 158° del Texto Actualizado y
concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ESSALUD,
aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 767-PE-ESSALUD-2015 y sus
modificatorias, la Gerencia Central de Prestaciones de Salud tiene como función formular,
proponer, aprobar cuanto corresponda al ámbito de su competencia y evaluar las políticas,
normas modelos, prioridades sanitarias y estrategias para la atención de salud de los asegurados
a través de la oferta fija y flexible y otras modalidades, así como los criterios de evaluación de
los resultados e impacto de las intervenciones sanitarias;
Que, mediante la Resolución de Gerencia General N.º 1553-GG-ESSALUD-2020, se aprueba la
Directiva de Gerencia General N. 21-GCPP-ESSALUD-2020, "Normas para la formulación,
evaluación, aprobación, y actualización de documentos normativos y documentos técnicos
orientadores en ESSALUD", con el objetivo de establecer las normas y criterios para la
formulación, evaluación, aprobación y actualización de los documentos normativos y técnicos-
orientadores propuestos por las unidades de organización competentes, para que rijan en la
gestión del Seguro Social de Salud -ESSALUD;
Que, mediante informe de vistos la Gerencia de Políticas y Normas de Atención Integral de Salud
de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, concluye, entre otros, que el Perú presenta
riesgo de reaparición de transmisión endémica de sarampión, conforme a las alertas
epidemiológicas AE-CDC-N.° 001-2024 y AE-CDC-N.° 005-2024 emitidas por el Ministerio de
Visado por
CAVERO ROMAÑA
Maria Angela FAU
20131257750 soft
Fecha: 2024/02/29
17:12:22-0500
Visado por
SARAVIA
CAHUANA Silvia
FAU 20131257750
soft
Fecha: 2024/02/29
17:18:52-0500
Visado por
NECIOSUP ORREGO
Edwin FAU
20131257750 soft
Fecha: 2024/02/29
17:23:47-0500
Visado por BEDOYA
VELASCO Cecilia
Maria FAU
20131257750 hard
Fecha: 2024/02/29
17:33:24-0500
~EsSalud
0
www
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essalud
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gob
.pe
Jr
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Domingo
Cueto
120
Jesús María
Lima
11
- Pe
Tel.: 2
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6000
/ 2
65
-
7000
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra independencia, y de la conmemoración de las heroicas
batallas de Junín y Ayacucho”
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE PRESTACIONES DE SALUD N.° 015-GCPS-ESSALUD-2024
Salud -MINSA; siendo necesario el abordaje de la misma, para tal efecto, propone el Documento
Técnico Orientador: “Lineamientos Técnicos para la Organización de la Respuesta de EsSalud
frente a Sarampión - 2024”, con la finalidad de fortalecer la organización de la respuesta de
EsSalud para proteger a la población asegurada vulnerable, frente a la demanda y riesgo de
propagación de sarampión; articulando la oferta institucional de las redes de servicios de salud
a nivel nacional;
Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. APROBAR el Documento Técnico Orientador: " Lineamientos Técnicos para la
Organización de la Respuesta de EsSalud frente a Sarampión - 2024", que en anexo forma parte
de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. DISPONER, que la Gerencia de Políticas y Normas de Atención Integral de Salud,
de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud realice la difusión y asistencia técnica del
presente Documento Técnico; así como proponga las actualizaciones que resulten necesarias
según el monitoreo y evaluación del proceso de implementación en las Redes
Prestacionales/Asistenciales y Órganos Desconcentrados y Prestadores Nacionales de
ESSALUD.
ARTÍCULO 3º. DISPONER, que las Redes Prestacionales, Redes Asistenciales, Órganos
Desconcentrados y Prestadores Nacionales, en el ámbito de sus competencias, adopten las
acciones que resulten necesarias a fin de garantizar la implantación y el cumplimiento de las
disposiciones contenidas en el Documento Técnico Orientador aprobado por la presente
Resolución.
ARTÍCULO 4°. - NOTIFICAR, a la Gerencia Central de Operaciones, a efectos que, en el ámbito
de su competencia, supervise el cumplimiento de la implementación del Documento Técnico
Orientador aprobado por la presente Resolución.
ARTÍCULO 5°. ENCARGAR, a la Oficina de Apoyo y Seguimiento de la Gerencia Central de
Prestaciones de Salud la remisión a Secretaría General de la presente Resolución, para su
publicación en el Compendio Normativo Institucional, en la intranet y en la sede digital del Seguro
Social de Salud -ESSALUD.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.
Visado por
CAVERO ROMAÑA
Maria Angela FAU
20131257750 soft
Fecha: 2024/02/29
17:12:58-0500
Visado por
SARAVIA
CAHUANA Silvia
FAU 20131257750
soft
Fecha: 2024/02/29
17:19:32-0500
Firmado digitalmente por BEDOYA VELASCO
Cecilia Maria FAU 20131257750 hard
Entidad: EsSalud
Motivo: Autor del documento
Fecha: 2024/02/29 17:34:33-0500
Visado por
NECIOSUP ORREGO
Edwin FAU
20131257750 soft
Fecha: 2024/02/29
17:38:44-0500
~EsSalud
0
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gob
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EsSalud
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Domingo
Cueto
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Jesús María
Lima
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Tel.: 2
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