Resolución Nº 015-2020 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la exclusión de los valores mobiliarios denominados "Tercer Programa de Bonos Edegel - Décimo Primera Emisión", correspondiente al "Tercer Programa de Bonos Edegel", del Registro Público del Mercado de Valores.)
Número de resolución | 015-2020 |
Fecha | 19 Febrero 2020 |
Emisor | Superintendencia del Mercado de Valores (Perú) |
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES - AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD
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Resolución de Intendencia General SMV
Nº 015-2020-SMV/11.1
Lima, 19 de febrero de 2020
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El Expediente Nº 2020003390, así como el Informe Interno
N° 179-2020-SMV/11.1 del 13 de febrero de 2020, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas
de Mercados;
Considerando:
Que, mediante escrito presentado el 30 de enero de 2020,
Enel Generación Perú S.A.A. (antes, Edegel S.A.A.) solicitó a la Superintendencia del
Mercado de Valores – SMV, a través del sistema de Ventanilla Única, la exclusión de
los valores mobiliarios denominados «Tercer Programa de Bonos Edegel – Décimo
Primera Emisión», los cuales fueron colocados en el marco del «Tercer Programa de
Bonos Edegel», del Registro Público del Mercado de Valores y del Registro de Valores
de la Bolsa de Valores de Lima, por cancelación total de las obligaciones derivadas de
los mismos; Que, se ha verificado que el 15 de mayo de 2007, en el
marco del Reglamento de Oferta Pública Primaria dirigida exclusivamente a
Inversionistas Acreditados – ROPPIA y bajo un procedimiento de aprobación
automática, se inscribió el programa de emisión denominado «Tercer Programa de
Bonos Edegel», hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100´000,000.00
(Cien Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en
Soles, y se registró el Prospecto Marco correspondiente, en el Registro Público del
Mercado de Valores;
Que, en el marco del mencionado programa de emisión, el
15 de enero de 2009, mediante un procedimiento de aprobación automática, se
inscribieron los valores mobiliarios denominados «Tercer Programa de Bonos Edegel –
Décimo Primera Emisión», hasta por un monto máximo equivalente en Dólares de los
Estados Unidos de América a S/ 30´000,000.00 (Treinta Millones y 00/100 Soles), y se
registró el Complemento del Prospecto Marco correspondiente, en el Registro Público
del Mercado de Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, de la evaluación de la documentación presentada por
Enel Generación Perú S.A.A., se ha verificado la cancelación total de las obligaciones
derivadas de los valores mobiliarios «Tercer Programa de Bonos Edegel – Décimo
Primera Emisión»;
Que, Enel Generación Perú S.A.A. ha cumplido con
presentar la información y documentación requerida por la Ley del Mercado de Valores,
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