Resolución Nº 014-2020-SUSALUD/TRI-SSE de Superintendencia de Salud, 2020

Año2020
Número de resolución014-2020-SUSALUD/TRI-SSE
EmisorSuperintendencia de Salud (Perú)
TRIBUNAL
DE
LA
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL
DE
SALUD
-
SUSALUD
RESOLUCIÓN
N*
014-2020-SUSALUD/TRI-SSE
EXPEDIENTE
N?
:
102-2019/TRI
(Expediente
PAS
N*
685-2018).
PROCEDENCIA
:
Superintendencia
Adjunta
de
Regulación
y
Fiscalización
-
SAREFIS.
IMPUGNANTE
:
Red
Asistencial
La
Libertad
EsSalud
en
representación
IPRESS
Hospital
Víctor
Lazarte
Echegaray.
PROCEDIMIENTO
:
Recurso
de
Apelación
interpuesto
contra
la
Resolución
Final
en
Procedimiento
Administrativo
Sancionador
-
Resolución
N?
CUATRO,
de
fecha
16
de
setiembre
de
2019,
SUMILLA:
Se
declara
INFUNDADO
el
recurso
de
apelación
interpuesto
por
la
Red
Asistencial
La
Libertad
EsSalud
en
representación
de
la
IPRESS
Hospital
Víctor
Lazarte
Echegaray,
toda
vez
que
los
medios
de
pruebas
presentados
por
la
administrada
no
contienen
los
registros
de
calidad
y
producción,
conforme
lo
establece
la
Norma
Técnica
de
Salud
de
la
UPSS
de
Servicios
de
Patología
Clínica.
Lima,
28
de
enero
de
2020.
En
Lima,
a los
catorce
días
del
mes
de
enero
de
2020,
en
Sesión
de
Segunda
Sala
N*
002-
2020,
Especializada
en
casos
de
Instituciones
Administradoras
de
Fondos
de
Aseguramiento
en
Salud
-
JAFAS
y
Unidades
de
Gestión
de
IPRESS
-
UGIPRESS,
así
como
en
casos
de
Instituciones
Prestadoras
de
Servicios
de
Salud
-
IPRESS;
se
acordó
lo
siguiente:
ASUNTO
1.
Recurso
de
apelación
interpuesto
por
la
Red
Asistencial
La
Libertad
EsSalud
en
representación
de
la
IPRESS
Hospital
Víctor
Lazarte
Echegaray,
contra
la
Resolución
Final
en
Procedimiento
Administrativo
Sancionador
-
Resolución
N”
CUATRO,
de
fecha
16
de
setiembre
de
2019,
mediante
la
cual
la
Superintendencia
Adjunta
de
Regulación
y
Fiscalización
-
SAREFIS
dispuso
imponer
sanción
administrativa
de
amonestación
escrita
a
la
mencionada
IPRESS,
por
el
cargo
acotado
en
el
hecho
imputado
N?
2,
en
virtud
de
la
infracción
contenida
en
el
Reglamento
de
Infracciones
y
Sanciones
de
SUSALUD,
Anexo
lll
Infracciones
aplicables
a las
IPRESS,
Anexo
I!I-A
Infracciones
de
Carácter
General,
Infracciones
Leves
numeral
7:
“No
realizar
monitoreo
del
cumplimiento
de
la
normativa
vigente
o
calidad
de
los
procesos
en
las
Unidades
Productoras
de
Servicios
de
Salud
(UPSS)
de
las
IPRESS”.
Il.
DELIMITACIÓN
DE
LA
IMPUGNACIÓN
FORMULADA
1
DE
14

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