Resolución Nº 0139-2021-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 18 de enero de 2021

Número de resolución0139-2021-TCE-S2
Fecha18 Enero 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0139-2021-TCE-S2
Página 1 de 52
Sumilla: Por lo expuesto, este Colegiado concluye
en la individualización del infractor en la
figura de la empresa Savid Clean S.A.C.,
integrante del Consorcio, razón por la cual,
corresponderá la imposición de la sanción
correspondiente a aquella.
Lima, 18 de enero de 2021
VISTO en sesión del 18 de enero de 2021 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 932/2018.TCE - 2619/2018.TCE -
771/2019.TCE (Acumulados), sobre procedimiento administrativo sancionador
generado contra las empresas Savid Clean S.A.C. y D & T Global Service S.R.L.,
integrantes del Consorcio DYT Global Service SRL - SAD S.A.C., por su responsabilidad al
haber presentado información inexacta a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional
del Perú (PNP), en el marco de la Concurso Público N° 003-2017-DIRSAPOL-PNP (Primera
Convocatoria) ítem N° 1 y N° 2; y, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según ficha registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
(SEACE), el 26 de diciembre de 2017, la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional
del Perú (PNP), en adelante la Entidad, convocó el Concurso Público N° 003-2017-
DIRSAPOL-PNP (Primera Convocatoria), para la “Contratación del servicio de
limpieza de los hospitales PNP: Hospital Geriátrico San José, Hospital PNP Augusto
B. Leguía, Hospital PNP Luis N. Sáenz, Clínica Odontológica Especializada PNP
Angamos”, cuyo valor referencial total ascendió a S/ 12’282,000.00 (doce millones
doscientos ochenta y dos mil con 00/100 soles), en adelante el procedimiento de
selección.
Dentro de los Ítems convocados, se encuentran:
- El Ítem 1: “Servicio de Limpieza para la Clínica Odontológica
Especializada Angamos PNP”, con un valor referencial ascendente a
S/621,000.00 (seiscientos veintiún mil con 00/100 soles).
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.01.2021 22:00:19 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.01.2021 22:03:42 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.01.2021 22:44:11 -05:00
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0139-2021-TCE-S2
Página 2 de 52
- El Ítem N° 2: “Servicio de Limpieza del Hospital PNP Luis N. Sáenz”, con un
valor referencial ascendente a S/8’855,000.00 (ocho millones ochocientos
cincuenta y cinco mil con 00/100 soles).
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley N° 30225, y modificada por el
Decreto Legislativo N° 1341, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado con
Decreto Supremo 350-2015-EF, modificado por el Decreto Supremo 056-
2017-EF, en adelante el Reglamento.
Según el respectivo cronograma, el 16 de febrero de 2018 se llevó a cabo la
presentación de ofertas y, el 19 del mismo mes y año, se otorgó la buena pro del
Ítem N° 1 del procedimiento de selección al Consorcio Corporación Margarita y
Segestonger, con una oferta de S/ 546,480.00 (quinientos cuarenta y seis mil
cuatrocientos ochenta con 00/100 soles).
Cabe precisar que el Consorcio DYT Global Service SRL - SAD S.A.C., integrado por
las empresas Savid Clean S.A.C. y D & T Global Service S.R.L., en adelante el
Consorcio, tuvo la calidad de postor y presentó su oferta en el ítem N° 1 del
procedimiento de selección.
Asimismo, el 19 de febrero de 2018, se otorgó la buena pro del ítem N° 2 del
procedimiento de selección, a favor del Consorcio [integrado por las empresas
Savid Clean S.A.C. y D & T Global Service S.R.L.], cuyo precio de su oferta ascendió
a S/ 8’849,986.00 (ocho millones ochocientos cuarenta y nueve mil novecientos
ochenta y seis con 00/100 soles).
El 5 de abril de 2018, la Entidad y el Consorcio, perfeccionaron la relación
contractual con la suscripción del Contrato N° 001-2018-DIRSAPOL-OFAD-UE.020,
en adelante el Contrato, por el monto adjudicado en el ítem 2 del
procedimiento de selección.
Expediente N° 932/2018.TCE.
2. Mediante Formulario “Solicitud de aplicación de Sanción - Entidad/Tercero”
presentado el 19 de marzo de 2018, ante la Mesa de Partes del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la empresa Corporación
Margarita & Cia S.A.C, en lo sucesivo el Denunciante, puso en conocimiento que
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 0139-2021-TCE-S2
Página 3 de 52
el Consorcio había incurrido en causal de infracción, al haber presentado supuesta
documentación falsa o adulterada y/o información inexacta en el marco del
procedimiento de selección, señalando lo siguiente:
Indica que, el Contrato de prestación de servicios de limpieza y
mantenimiento integral N° 002-2014-LOGIS, fue suscrito por la empresa
Savid Clean S.A.C. antes de obtener el Registro Único del Contribuyente
(RUC) en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria (SUNAT).
En ese sentido, menciona que, aquella empresa firmó dicho contrato el 31
de marzo de 2014, cuando su inscripción en la Superintendencia Nacional
de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) fue el 8 de mayo del
mismo año, es decir, cuarenta y cinco (45) días después de firmado dicho
documento.
Asimismo, advierte que, las constancias presentadas por el Consorcio son
falsas y/o inexactas, dado que los supervisores propuestos no laboraron en
la empresa Savid Clean S.A.C.
Expediente N° 2619/2018.TCE.
3. Mediante Memorando N° 194-2018/DGR/SPRI presentado el 16 de julio de 2018
al Tribunal, la Subdirección de Procesamiento de Riesgos del OSCE informó que la
empresa Savid Clean S.A.C., integrante del Consorcio, habría incurrido en
vulneración al artículo 50 de la Ley, pues habría presentado documentación falsa
o adulterada y/o información inexacta, como parte de su oferta, en el marco del
procedimiento de selección.
Asimismo, remitió copia de la Solicitud de dictamen sobre cuestionamientos -
Directiva 009-2016-OSCE/CD realizada por el Denunciante, y el Dictamen N°
705-2018/DGR/SPRI del 7 de mayo de 2018.
Expediente N° 771/2019.TCE.
4. Mediante Formulario “Solicitud de Aplicación de Sanción - Entidad /Tercero”
presentado el 1 de marzo de 2019 al Tribunal, la Entidad puso en conocimiento
que el Consorcio habría incurrido en causal de infracción al haber presentado,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR