Resolución Nº 0137-PE-ESSALUD-2016 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 29-02-2016

Número de resolución0137-PE-ESSALUD-2016
Fecha29 Febrero 2016
EstatusVigente
Tipo de documentoDisposición
EmisorPresidencia Ejecutiva
, \ -
Es
Salud
Seguridad
Social
para
todos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
No
137
-PE-ESSALUD-2016
Lima, 29
de
febrero
de
2016
VISTOS:
La
Carta
N"
326
-GCPD-ESSALUD-2016 y
el
Informe Técnico
N"
010-GOP-GCPD-ESSALUD-2016
de
la
Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo,
la
Carta
N"466
-GCAJ-ESSALUD-2016 y
el
Informe No
99
-GAA-GCAJ-ESSALUD-2016
de
la
Gerencia Central de Asesoría Jurídica ,
y;
CONSIDERANDO:
Que,
de
conformidad con
el
numeral 1.2 del .artículo
de
la
27056, Ley de Creación del
Seguro Social de Salud , ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus
derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención , promoción, recuperación,
rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden
al
régimen
contributivo
de
la
Seguridad Social
en
Salud, así como otros seguros
de
riesgos humanos;
Que,
mediante Acuerdo de Consejo Directivo 23-10-ESSALUD-2012,
de
fecha
31
de mayo
de
2012,
se
aprobó
el
Plan Estratégico Institucional 2012-2016 de ESSALUD, estableciendo como segundo
objetivo estratégico "Brindar atención integral a los asegurados, con los más altos estándares ·
de
calidad,
en
el marco
de
un
fuerte compromiso del Estado con el bienestar
de
los asegurados; mejorar
el trato a los asegurados, cambiar el modelo
de
atención
por
uno basado en
la
atención primaria y
actuar sobre los determinantes sociales
de
la
salud, con énfasis
en
los aspectos preventivo-
promociona/es, contando para ello con el apoyo técnico
de
la
OPS/OMS
";
Que, asimismo , como parte del citado objetivo estratégico,
se
establece como objetivo específico 2.4
el
de
"Mejorar el impacto
de
las Prestaciones Sociales y Económicas
en
el bienestar
de
los
asegurados
",
cuya estrategia 2.4.2 considera "Mejorar los niveles
de
control
de
pago, optimizar y
automatizar los procesos técnico -administrativos
de
las prestaciones económicas
";
Que,
además como cuarto objetivo estratégico
se
ha
considerado "Implementar una gestión
transparente basada
en
el mérito y
la
capacidad, con personal calificado y comprometido
",
señalándose como objetivo específico 4.2 "Desarrollar una gestión eficiente basada
en
resultados,
incorporando tecnologías modernas
de
gestión", cuya estrategia 4.2.5 considera "Realizar los
cambios o mejoras
en
los tramites más frecuentes demandados
por
los usuarios
en
el marco
de
un
proceso
de
simplificación administrativa
";
Que,
con
Resolución
de
Gerencia General
N"
1311-GG-ESSALUD-2014,
de
fecha
23
de
diciembre
de
2014,
se
aprobó
la
Directiva
015-GG-ESSALUD-2014 "Normas y Procedimientos para
la
Emisión, Registro y Control
de
las Certificaciones Médicas
por
Incapacidad y Maternidad en
ESSALUD
",
cuyo acápite VIl , de los Conceptos de Referencia, define
al
Centro
de
Validación
de
la
Incapacidad
Temporal-
CEVIT como
la
oficina que permite concentrar y racionalizar recursos
en
una
Red
Asistencial, supliendo
el
déficit de médicos
de
control y lugares donde se debe realizar
el
procedimiento
de
Validación del Certificado Médico por
el
Certificado de Incapacidad Temporal para
el
Trabajo-
CITT, así como, atender
el
requerimiento de los asegurados, empresas o instituciones
que necesiten validaciones
de
certificados médicos
en
grupo o individual, lo cual constituye una oferta
de
servicios adicional a
la
que
se
realiza
en
los
establecimientos de salud;
Que,
mediante Resolución
de
Presidencia Ejecutiva
767-PE-ESSALUD-2015, se aprobó
el
Texto
Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social
de
Salud
-ESSALUD,
en
cuyo literal
h)
de
su
artículo
36°
se
establece que
la
Gerencia Central de
Planeamiento y Desarrollo tiene por función proponer y evaluar los modelos
de
organización;
procesos y procedimientos. Asimismo,
en
su
artículo 47" se dispone que
la
Sub Gerencia
de
Organización de dicha Gerencia Central
es
la
unidad orgánica responsable de elaborar lineamientos;
normas, metodologías y procedimientos relacionados
al
análisis de la organización, diseño
de
modelos organizacionales, y evaluación estructural y funcional que conlleven a modificaciones
de
. la
estructura orgánica y de las funciones;
...U.
'IJ!""---
~
EsSalud
Seguridad
Social
para
todos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
No
137 -PE-ESSALUD-2016
Que, conforme a sus competencias, mediante Carta de Vistos
la
Gerencia Central de Planeamiento y
Desarrollo remite
un
Proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que conforma
el
"Centro de
Validación de Incapacidad Temporal- CEVIT Central";
Que, asimismo acompaña
el
Informe Técnico W 010-GOP-GCPD-ESSALUD-2016, elaborado por
la
Gerencia de Organización y Procesos de
la
referida Gerencia Central en
el
que se señala que
la
propuesta del Centro de Validación de Incapacidad
Temporal-
CEVIT Central se encuentra alineada
con los objetivos estratégicos institucionales,
la
misma que se conformará como una unidad funcional
en
la
Gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado de
la
Gerencia Central de Seguros y
Prestaciones Económicas; asimismo, se
le
asignará
un
cargo Ejecutivo de nivel
E6
para
su
conducción, a ser financiado con
la
plaza
1 017322Z perteneciente a dicho órgano central, acción
que se indica no afecta
la
estructura orgánica vigente
ni
incrementa
el
presupuesto institucional; "
Que, con Carta
w46~GCAJ-ESSALUD-2016
e Informe N'
o!
·
99
-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 la
Gerencia Central de Asesoría Jurídica emitió opinión señalando que la conformación del Centro
de Validación de Incapacidad Temporal
-CEVIT
Central guarda concordancia con
el
Plan Estratégico
Institucional 2012-2016 de ESSALUD, aprobado por Acuerdo de Consejo Directivo
23-10-
ESSALUD-2012; y con los fines de
la
Entidad descritos
en
el
numeral1.2 del artículo
de
la
27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD);
Que, de acuerdo a lo establecido en
el
inciso
e)
del artículo
so
de la Ley W 27056, Ley de
Creación del Seguro Social de Salud -ESSALUD, es competencia del Presidente Ejecutivo
aprobar
la
Estructura Orgánica y Funcional del ESSALUD;
Con las visaciones de la Gerencia General,
la
Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo,
la
Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas y la Gerencia Central de Asesoría
Jurídica;
,,
Estando a
lo
propuesto y
en
uso de las atribuciones conferidas;
SE
RESUELVE:
1.
CONFORMAR
la
unidad funcional denominada "Centro
de
Validación de Incapacidad Temporal
-CEVIT Central" en
la
Gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado de
la
Gerencia
Central de Seguros y Prestaciones Económicas, responsable de atender los requerimientos de
los asegurados , empresas o instituciones que necesiten
la
validación del Certificado Médico de
manera individual o en grupo en
el
ámbito de Lima y
la
Provincia Constitucional del Callao ;
cuyas funciones se encuentran detalladas
en
el
Anexo A que forma parte integrante de la
presente Resolución .
·~
2.
DISPONER que
al
CEVIT Central se
le
asigne
un
cargo Ejecutivo de nivel
E6
para
su
conducción, a ser financiado con
la
plaza
1 017322Z de
la
Gerencia Central de Seguros y
Prestaciones Económicas.
3.
DISPONER que las Redes Asistenciales Rebagliati, Almenara y Sabogal procesen las
solicitudes de validación del Certificado Médico recibidas hasta
la
fecha de publicación
en
el
Diario Oficial
el
Peruano de
la
presente Resolución y que
el
acervo documentario resultante se
derive
al
archivo de cada Red para
su
conservación y custodia .
..
·r·
4.
ENCARGAR a
la
Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas
la
adopción de las
acciones necesarias para
la
operatividad del Centro de Validación de Incapacidad Temporal
-;-
CEVIT
Central,
con
sujeción
a
la
disponibilidad
presupuesta!
y
normas
vigentes.
· ,
..
1
5.
DISPONER que los
órganos
Centrales y Desconcentrados brinden las facilidades y
el
apoyo
necesario
al
Centro de Validación de Incapacidad
Temporal-
CEVIT Central conformado por
la
presente Resolución para
el
cumplimiento de sus funciones.
EsSalud
Segur
i
dad
Socia
l
par
a t
odos
RESOLUCIÓN
DE
PRESIDENCIA EJECUTIVA
No
137
-PE-ESSALUD-2016
6.
ENCARGAR a la Secretaría General
la
publicación
de
la
presente Resolución
en
el
Diario
Oficial el Peruano, así como,
en
el
Portal Institucional del Seguro Social de
Salud-
ESSALUD
(www.essalud.qob.
pe)
, el mismo día
de
su
publicación
en
el
Diario Oficial
el
Peruano.
7.
DEJAR SIN EFECTO todas aquellas disposiciones que se opongan a
lo
dispuesto
en
la
presente Resolución.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE
·viR
-GiÑiA"-s
AFFioo-ñe-'PiÑii:
i:os
~RESIDENT
E
EJECUTIVO
ESS
ALUD

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