Resolución Nº 0135-2022.-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 18 de enero de 2022

Número de resolución0135-2022.-TCE-S1
Fecha18 Enero 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 135-2022-TCE-S1
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Sumilla: “(…) la infracción contemplada en la normativa precitada
exige la concurrencia de dos requisitos para su
materialización: i) que el postor no perfeccione el contrato
pese a haber obtenido la buena pro del respectivo
procedimiento de selección, y; ii) que dicha actitud no
encuentre justificación”.
Lima, 18 de enero de 2022
VISTO en sesión del 18 de enero de 2022 de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente3956/2020.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la Empresa LOS ANDENES EXPORT IMPORT S.R.L., al
supuestamente haber incumplido con su obligación de perfeccionar el contrato
derivado de la Licitación Pública 010-2020-MINAGRIAGRO RURAL - Primera
Convocatoria; infracción tipificada en el literal b) del numeral 50.1 del artículo 50 del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según ficha registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
SEACE, el 23 de julio de 2020
1
, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-
AGRORURAL, en adelante la Entidad, convocó la Licitación Pública N° 010-2020-
MINAGRIAGRO RURAL Primera Convocatoria, para la “Adquisición de semillas de
Vicia (Vicia SP), clase no certificada”, con un valor estimado ascendente a
S/5`229,000.00 (cinco millones doscientos veintinueve mil con 00/100 soles), en
adelante, el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el ámbito de aplicación del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y; su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el
Reglamento.
1
Documento obrante a folio 119 al 122 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.01.2022 21:33:56 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.01.2022 21:35:20 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.01.2022 22:51:06 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 135-2022-TCE-S1
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De acuerdo con el respectivo cronograma del procedimiento de selección, el 25
de agosto de 2020, se llevó a cabo la presentación de ofertas; y, el 28 del mismo
mes y año, se otorgó la buena pro a la empresa LOS ANDENES EXPORT IMPORT
S.R.L., en adelante el Adjudicatario, por el monto de su oferta ascendente a
S/5`219,040.00 (cinco millones doscientos diecinueve mil cuarenta con 00/100
soles),
2. Mediante Oficio N° 214-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE/OA y formulario
Solicitud de aplicación de sanción Entidad/tercero
2
, presentados el 31 de
diciembre de 2020 en la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado,
en adelante el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el Adjudicatario
habría incurrido en causal de infracción administrativa, al incumplir
injustificadamente con su obligación de perfeccionar el contrato.
Para sustentar su denuncia, entre otros documentos, adjuntó el Informe
Legal 232-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE/OAL
3
, del 6 de noviembre
de 2020, a través del cual señala lo siguiente:
El 10 de setiembre de 2020, se registró el consentimiento de la buena pro
en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE); por lo que,
el postor ganador tenía como fecha máxima para el perfeccionamiento del
contrato el 22 del mismo mes y año.
El 22 de setiembre de 2020, mediante carta s/n, el postor ganador presentó
los documentos para el perfeccionamiento del contrato.
Mediante Carta N° 341-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL DE/OAUAP
del 23 de setiembre de 2020, la Unidad de Abastecimiento notificó al
Adjudicatario las observaciones a los documentos presentados,
otorgándole el plazo máximo de cuatro (04) días hábiles para que las
subsane; por consiguiente, el postor ganador tenía como fecha máxima
para subsanar el 29 de setiembre de 2020.
El 5 de octubre de 2020, mediante Informe 1908-2020-MINAGRI-
2
Documento obrante a folios 2 al 5 del expediente administrativo.
3
Documento obrante a folios 8 al 12 del expediente administrativo.

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