Resolución Nº 0133-2019-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 25-01-2019

Número de resolución0133-2019-ANA
Número de expediente145696-2018
Fecha25 Enero 2019
MateriaExtinción y otorgamiento de licencia de uso de agua
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
PERU
Ministerio
Autoridad
Nacional
de
Agricultura
y
Riego
I
del
Agua
"Decen/o
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres'
"Año
de
la
Lucha
contra
ta
Corrupción
y
la
Impunidad"
Stríbuna!
Nacional
de
^Resolución
de
Controversias
Hidricas
RESOLUCIÓN
/
.3
-3
.2019-ANA/TNRCH
Lima,
2
5
ENE.
2019
N'
DE
SALA
EXP.TNRCH
CUT
IMPUGNANTE
ÓRGANO
MATERIA
UBICACIÓN
POLITICA
Sala
2
1016-2018
145696-2018
Línea
amarilla
s.a.C-
AAA
Cañete-Fortaleza
Ejecución
de
obras
Distnto
Provincia
Departamento
San
Martin
Lima
Lima
SUMILLA:
Se
declara
infundado
el
recurso
de
apelación
interpuesto
por
la
empresa
Linea
Amarilla
S.A.C.
contra
la
Resolución
Directoral
N'
ÍJÍ9-20J8-ANA-
AAA-CAÑETE-FORTALEZA.
porque
dicho
acto
administrativo
fue
emitido
conforme
a
ley.
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO
Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
interpuesto
por
la
empresa
LÍNEA
AMARILLA
S.A.C.
contra
la
Resolución
Directoral
1119-2018-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA
de
fecha
18.07.2018.
emitida
por
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Cañete-Fortaleza,
que
declaró
infundado
su
recurso
de
reconsideración
contra
la
Resolución
Directoral
249-2018-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA
de
fecha
20.02.2018,
mediante
la
cual
declaró
improcedente
su
solicitud
de
ejecución
de
obras
en
el
cauce
del
rio
Rimac.
DELIMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
La
impugnante
solicita
que
se
declare
la
nulidad
de
la
Resolución
Directoral
N"
1119-2018-ANA-AAA-
CAÑETE-FORTALEZA.
FUNDAMENTOS
DEL
RECURSO
DE
APELACIÓN
pugnante
señala
que
la
decisión
adoptada
por
la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Cañete-
:a,
en
la
Resolución
Directoral
N"
249-2018-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA
y
en
la
Resolufción
Directoral
1119-2018-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA
adolecen
de
vicios
sustanciales
er
de
los
elementos
esenciales
de
validez,
debido
a
los
siguientes
argumentos:
ZA/'Se
cumplió
con
lo
establecido
en
el
TUPA
del
ANA,
para
obtener
la
autorización
de
ejecución
de
obras
en
el
cauce
del
rio
RImac;
sin
embargo,
la
referida
autoridad
declaró
improcedente
la
solicitud
de
autorización
de
ejecución
de
obras
en
el
cauce
del
rio
Rimac,
basándose
en
observaciones
de
las
cuales
no
dio
mayor
detalle,
sin
evaluar
el
fondo
de
la
solicitud.
3.2.
La
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Cañete-Fortaleza,
en
el
momento
de
resolver
el
recurso
de
reconsideración
contra
la
Resolución
Directoral
N''
249-2018-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA

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