Resolución Nº 012-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA del Ministerio de Agricultura, 12-01-2023

Número de resolución012-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA
Fecha12 Enero 2023
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO N° 0012-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA
Resolución de Dirección General
Lima, 12 de enero de 2023
VISTO:
El Informe N° 0007-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGAAA-DGAA-ARF de fecha 12 de
enero de 2023, emitido por la Dirección de Gestión Ambiental Agraria de la Dirección
General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego,
recaído en el expediente CUT N° 19536-2022, que contiene la solicitud de evaluación
presentada por el Proyecto Especial Pichis Palcazu del Ministerio de Desarrollo Agrario y
Riego, respecto del Informe de Gestión Ambiental del Proyecto de Inversión Pública
denominado “Mejoramiento de la producción agrícola mediante el sistema agroecológico de
las comunidades nativas fronterizas de Purús Yurúa y Masisea - provincia de Purús - Atalaya
y Coronel Portillo - región Ucayali”, con CUI N° 2431291; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 107 del Texto Integrado del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado mediante
Resolución Ministerial 0080-2021-MIDAGRI, la Dirección General de Asuntos
Ambientales Agrarios es el órgano de línea encargado de implementar acciones en el marco
del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para la conservación y aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales renovables de competencia Sectorial; así como
promover la gestión eficiente de las tierras de aptitud agraria;
Que, asimismo, el literal d) del artículo 108 del Texto Integrado del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de la invocada
Resolución Ministerial, en concordancia con el artículo 5 del Reglamento de Gestión
Ambiental del Sector Agrario aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2012-AG,
establece que, “(…) la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, es la autoridad
ambiental competente responsable de la gestión ambiental y de dirigir el proceso de
evaluación ambiental de proyectos o actividades de competencia del Sector Agrario y,
aquellos relacionados con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
renovables en el ámbito de su competencia y en el marco del Sistema Nacional de Gestión
Ambiental (…)”;
Que, de acuerdo con lo señalado en el literal d) del artículo 111 del invocado Texto
Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario
y Riego, la Dirección de Gestión Ambiental Agraria, es la unidad orgánica de línea que
depende de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, y como tal, es la
Firmado digitalmente por VASQUEZ
ACUÑA Jorge Alexander FAU
20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 13.01.2023 10:41:00 -05:00
Firmado digitalmente por TUCTO
LEANDRO Christian Alexander FAU
20131372931 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 13.01.2023 11:50:16 -05:00
Firmado digitalmente por ACOSTA
ARCE Michael Christian FAU
20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 13.01.2023 13:49:04 -05:00

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