Resolucion N° 0109-2024-UNI. Otorgan duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo y Gas Natural de la Universidad Nacional de Ingeniería

Fecha de publicación16 Abril 2024
SecciónSección Única
Modifican el Presupuesto Institucional del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2024

Lima, 24 de enero de 2024


VISTO:


El Oficio N° 008-CA-VA-2024-UNI del 04 de enero de 2024 emitido por el Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional de Ingeniería.


CONSIDERANDO:


El Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”.


Asimismo, el Artículo 8° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria, que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 de Gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico”.


Bajo ese contexto, el Artículo 18° del Estatuto de la Universidad establece que “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la Universidad”.


A través del Expediente N° 178830 recibido el 14 de noviembre de 2023, el señor NESTOR ANTONIO ALEJANDRO PALACIOS CHUN, solicitó la expedición de duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero de Petróleo y Gas...

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