Resolucion N° 0104-2023-ARCC/DE. Modifican el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y aprueban su Texto Actualizado
Fecha de publicación | 24 Agosto 2023 |
Sección | Sección Única |
6NORMAS LEGALES Jueves 24 de agosto de 2023
El Peruano
/
denominado “Mesa Técnica de Diálogo de Alto Nivel en el
distrito de Aquia, provincia de Bolognesi, departamento de
Ancash”, dependiente de la Presidencia del Consejo de
Ministros, sobre la base de la Mesa Técnica de Diálogo
entre la Comunidad Campesina de Aquia y la Compañía
Minera Antamina;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada
Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por
objeto promover el desarrollo económico, social y
ambiental del distrito de Aquia, por cuyo terreno transcurre
el mineroducto de la Compañía Minera Antamina en 50
kilómetros y que incluye otras instalaciones; asegurar
un adecuado proceso de diálogo con objetivos,
acciones, cronogramas y resultados monitoreables en su
cumplimiento, teniendo en cuenta los acuerdos aprobados
que obran en el acta de instalación de la Mesa Técnica
de Diálogo entre la Comunidad Campesina de Aquia y
la Compañía Minera Antamina; y, hacer seguimiento a la
aprobación de sus Lineamientos, y al cumplimiento de los
acuerdos planteados por la comunidad en las reuniones
llevadas a cabo los días 01, 03, 05 y 08 de noviembre
de 2021;
Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial
Nº 293-2021-PCM, modicado por las Resoluciones
Ministeriales N° 066-2022-PCM, N° 198-2022-PCM, Nº
292-2022-PCM y Nº 048-2023-PCM, dispone que el
mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 23
de agosto de 2023;
Que, bajo dicho contexto, la Secretaría de Gestión
Social y Diálogo señala que el Grupo de Trabajo ha
vericado el cumplimiento del 74% de los compromisos
registrados en actas de trabajo y que el 26% se
encuentra en proceso; por lo que, persiste la necesidad
de continuar impulsando y vericando el cumplimiento
de los compromisos pendientes entre la Comunidad
Campesina de Aquia y la Compañía Minera Antamina;
Que, en este sentido, la referida Secretaría, en su
condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo,
propone y sustenta la necesidad de modicar el artículo
11 de la Resolución Ministerial N° 293-2021-PCM,
modicado por las Resoluciones Ministeriales N° 066-
2022-PCM, N° 198-2022-PCM, Nº 292-2022-PCM y Nº
048-2023-PCM, a n de ampliar el periodo de vigencia del
Grupo de Trabajo hasta el 30 de noviembre de 2023; para
lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades
que lo integran;
Con el visado del Despacho Viceministerial de
Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión
Social y Diálogo, de la Ocina General de Planeamiento
y Presupuesto, y de la Ocina General de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos
de Organización del Estado, aprobados por el Decreto
Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado
del Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la
Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;
SE RESUELVE:
Modicar el artículo 11 de la Resolución Ministerial
Nº 293-2021-PCM, modicado por las Resoluciones
Ministeriales N° 066-2022-PCM, N° 198-2022-PCM,
Nº 292-2022-PCM y Nº 048-2023-PCM, el cual queda
redactado de la siguiente manera:
“
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de
noviembre de 2023.”
Disponer la publicación de la presente Resolución
Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo
de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su
publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
Modifican el Documento de Organización
y Funciones de la Autoridad para la
Reconstrucción con Cambios y aprueban su
Texto Actualizado
Lima, 23 de agosto de 2023
VISTOS: El Memorando N° 3948-2023-ARCC/
GG/OPP y el Informe N° 0202-2023-ARCC/GG/OPP-
MPJA, de la Ocina de Planicación y Presupuesto; el
Memorando N° 00636-2023-ARCC/GG/OA de la Ocina
de Administración; el Memorando N° 294-2023-ARCC/
GG de la Gerencia General; el Memorando N° 00753-
2023-ARCC/DE/DAI de la Dirección de Articulación de
Inversiones; el Informe N° 00785-2023-ARCC/GG/OAJ
de la Ocina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones
de carácter extraordinario para las intervenciones del
Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la
creación de la Autoridad para la Reconstrucción con
Cambios, crea la Autoridad como una entidad adscrita
a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter
excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar
y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la
Reconstrucción con Cambios (PIRCC);
Que, de acuerdo con el numeral 7.3 del artículo
7 de la Ley N° 30556, la Autoridad no está sujeta a las
disposiciones referidas a la aprobación de un Reglamento
de Organización y Funciones, Manual de Organización y
Funciones, Cuadros de Asignación de Personal y otros
instrumentos de gestión; y en consecuencia, la Autoridad
no está sujeta a las disposiciones previstas en el Título IV
denominado “Documentos de Gestión Organizacional” de
los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados
por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modicatorias;
Que, con el Decreto Supremo N° 003-2019-PCM
se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30556, que en
su Tercera Disposición Complementaria Final dispone
que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, se
regula la organización y funciones de la Autoridad para
la Reconstrucción con Cambios, previa opinión favorable
de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del
Consejo de Ministros;
Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva
N° 00008-2020-ARCC/DE se aprueba el Documento de
Organización y Funciones (DOF) de la Autoridad para
la Reconstrucción con Cambios (ARCC), estableciendo
su nueva estructura orgánica. El DOF de la ARCC fue
modicado por la Resolución de Dirección Ejecutiva
N° 0140-2022-ARCC/DE, que reasigna funciones de
la Dirección de Soluciones Integrales a la Dirección
de Articulación de Inversiones, y por la Resolución de
Dirección Ejecutiva N° 067-2023-ARCC/DE, que crea el
Órgano de Control Institucional, incorporando funciones
a dicho órgano, modica la estructura organizacional y
aprueba el Texto Actualizado del DOF de la ARCC;
Que, con el Informe N° 108-2023-ARCC/GG/OPP,
la Ocina de Planicación y Presupuesto solicita a la
Gerencia General la conformidad de sus funciones
contempladas en el Documento de Organización y
Funciones de la ARCC, lo cual fue respondido mediante
el Memorando N° 294-2023-ARCC/GG;
Que, mediante el Memorando N° 2649-2023-ARCC/
GG/OPP y Memorando N° 2647-2023-ARCC/GG/OPP, la
Ocina de Planicación y Presupuesto envía la propuesta
de modicación del Documento de Organización y
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 24/08/2023 00:36
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