Resolucion N° 0102-2024-JNE. Declaran nulo el Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 009-2023-MDNR y el Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 008-2023-MDNR del Concejo Distrital de Nueva Requena, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali

Fecha de publicación18 Abril 2024
SecciónSección Única
Designan miembro y Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR

Expediente N° JNE.2023002576


NUEVA REQUENA - CORONEL PORTILLO - UCAYALI


VACANCIA


APELACIÓN


Lima, once de abril de dos mil veinticuatro


VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Liz Jajaira Vásquez Mozombite, en su condición de regidora del Concejo Distrital de Nueva Requena, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali -actual alcaldesa-(en adelante, señora recurrente), en contra del Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 009-2023-MDNR, del 23 de agosto de 2023, que declaró improcedente su recurso de reconsideración formulado en contra del Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 008-2023-MDNR, del 1 de agosto de 2023, que, a su vez, aprobó su vacancia, por la causa de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2023002476.


Oídos: los informes orales.


Primero.- ANTECEDENTES


La solicitud de declaratoria de vacancia


1.1. El 12 de julio de 2023, doña Elia Jazmín Flores Sánchez (en adelante, señora ciudadana) presentó su solicitud de vacancia en contra de la señora recurrente por la causa de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, argumentado esencialmente lo siguiente:


a) En enero de 2023, la Municipalidad Distrital de Nueva Requena contrató los servicios de don Evert Hugo Sánchez Salazar, en calidad de “operador de máquina”.


b) “[E]l señor Evert Hugo Sanchez Salazar es hermano del Conviviente de la Regidora Distrital N° 1, Señora Liz Jajaira Vásquez Mozombite, cuyo nombre es Berly Charly Sánchez Salazar, demostrando así que la Regidora […] mostró injerencia y favoritismo a favor de su cuñado en su contratación en un cargo público [sic]”.


1.2. A efectos de acreditar los hechos expuestos, la señora ciudadana adjuntó, entre otros, los siguientes documentos:


a) Acta de Nacimiento de don Berly Charly Sánchez Salazar


b) Acta de Nacimiento de don Evert Hugo Charly Sánchez Salazar


c) Acta de Nacimiento del menor de iniciales BSSV


d) Comprobante de Pago N° 042, del 16 de febrero de 2023


e) Documento denominado “Constancia de Pago mediante transferencia electrónica”


f) Orden de Servicio N° 0000034, del 9 de febrero de 2023


g) Recibo por Honorarios Electrónico N° E001 - 83, del 10 de febrero de 2023


h) Certificado de trabajo, expedido el 31 de diciembre de 2014


i) Certificado de trabajo, expedido el 29 de octubre de 2018


j) Comprobante de Pago N° 093, del 3 de marzo de 2023


k) Recibo por Honorarios Electrónico N° E001 - 84, del 24 de febrero de 2023


l) Comprobante de Pago N° 228, del 3 de abril de 2023


m) Orden de Servicio N° 0000142, del 27 de marzo de 2023


n) Recibo por Honorarios Electrónico N° E001 - 85, del 30 de marzo de 2023


o) Comprobante de Pago N° 312, del 26 de abril de 2023


p) Recibo por Honorarios Electrónico N° E001 - 86, del 25 de abril de 2023


q) Comprobante de Pago N° 442, del 31 de mayo de 2023


r) Orden de Servicio N° 0000252, del 29 de mayo de 2023


s) Recibo por Honorarios Electrónico N° E001 - 87, del 29 de mayo de 2023


Decisión del concejo municipal sobre la solicitud de vacancia


1.3. En sesión extraordinaria del 1 de agosto de 2023, el Concejo Distrital de Nueva Requena aprobó la solicitud de vacancia -cuatro (4) votos a favor y uno (1) en contra (la señora recurrente no votó)-. Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 008-2023-MDNR, de la misma fecha.


En la referida sesión, participó la señora ciudadana representada por su abogada defensora, quien informó de manera oral sus alegatos respectivos, reiterando los hechos descritos en el escrito de vacancia. Ante dicha exposición, el Concejo Distrital de Nueva Requena -como órgano de primera instancia-adoptó la indicada decisión.


Recurso de reconsideración


1.4. El 18 de agosto de 2023, la señora recurrente interpuso recurso de reconsideración en contra del Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 008-2023-MDNR, a efectos de que se declare su nulidad, alegando que:


a) Existen sentencias que han condenado al alcalde de la Municipalidad Distrital de Nueva Requena a 3 años de pena suspendida, e inhabilitación para ejercer cargo público o de elección popular por 3 años, pese a esto sigue ocupando su cargo.


b) “POR TANTO, LA CONVOCATORIA REALIZADA, A SESIÓN EXTRAORDINARIA, LA SESIÓN EXTRAORDINARIA Y POR LO MISMO EL ACUERDO DE CONCEJO POR MAYORIA, SU PARTICIPACIÓN COMO ALCALDE Y SU VOTACIÓN ES NULA, VICIA DE NULIDAD ESTOS ACTOS Y DECISIONES ADMINISTRATIVAS, ASÍ COMO LA RESOLUCIÓN RECAIDA, POR DICHA SESIÓN, POR LO MISMO DEBE SER ANULADA BAJO RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, CIVIL Y PENAL [sic]”.


Decisión del concejo municipal sobre el recurso de reconsideración


1.5. En sesión extraordinaria del 23 de agosto de 2023, el Concejo Distrital de Nueva Requena declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la señora recurrente -cinco (5) votos en contra y uno (1) a favor (la señora recurrente sí votó)-. Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 009-2023-MDNR, de la misma fecha.


En la referida sesión, participó la señora recurrente quien informó de manera oral sus alegatos respectivos -en razón a que el concejo municipal no permitió que informe su abogado defensor-; además, señaló que mediante cartas presentadas el 24 de enero y 6 de junio de 2023, formuló oposición a la contratación de sus familiares. Ante dicha exposición, el Concejo Distrital de Nueva Requena -como órgano de primera instancia-adoptó la indicada decisión.


Segundo.- SÍNTESIS DE AGRAVIOS


2.1. El 18 de setiembre de 2023, la señora recurrente interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo Extraordinario de Concejo N° 009-2023-MDNR, alegando lo siguiente:


a) “[P]resentó como NUEVO MEDIO DE PRUEBA las resoluciones judiciales que acreditan que el Sr. Humberto Banda Estela se encontraría con un proceso penal ya culminado”.


b) El concejo no ha realizado el mínimo esfuerzo para verificar si es que en su acervo documentario se encontrase algún medio probatorio que desvirtúe la acusación en su contra, pese a que en reiteradas oportunidades puso en conocimiento que se encontraba en desacuerdo y se desligaba de toda responsabilidad por la contratación del algún familiar de su conviviente.


c) “[E]l señor Evert Hugo Sanchez Salazar, ha venido laborando desde la gestión del gobierno municipal anterior (2022)”, y que en su hoja de vida colocó como experiencia laboral haber trabajado en la Municipalidad Distrital de Nueva Requena “01/11/2008 - 31/12/2011”, “02/01/2012 - 31/12/2014”, “02/11/2017 - 31/07/2018” y “01/01/2021 - 31/03/2022”.


d) El 25 de enero de 2023 puso en conocimiento del señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Nueva Requena, el conflicto que podría causar que estén contratando a un familiar de su conviviente.


e) El 6 de junio de 2023, reiteró al alcalde que no se contrate a ningún familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.


f) No tuvo participación en la contratación del hermano del padre de sus hijas.


Posteriormente, a través del Oficio N° 002722-2023-SG/JNE, Auto N° 1 y Auto N° 2, del 11 de octubre, 14 de noviembre de 2023 y 14 de enero de 2024, respectivamente, este órgano electoral requirió al titular de la Municipalidad Distrital de Nueva Requena que cumpla con elevar ante esta instancia el expediente administrativo de vacancia.


El 9 de noviembre de 2023, la señora recurrente adjuntó dos documentos -cartas dirigidas al alcalde de la Municipalidad Distrital de Nueva Requena-a fin de que, sean valorados en esta instancia.


Así también, el 27 de noviembre de 2023, la señora ciudadana adjuntó diversa documentación a fin de que sea valorada.


Mediante Oficios N° 011-2024-MDNR-SG y N° 015-2024-MDNR-SG, recibidos el 2 y 27 de febrero de 2024, la entidad edil cumplió con elevar el respectivo expediente administrativo.


CONSIDERANDOS


Primero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)


En la LOM


1.1. El numeral 8 del artículo 22 refiere lo siguiente:


Artículo 22.- VACANCIA DEL CARGO DE ALCALDE O REGIDOR


El...

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