Resolución Nº 010-2017 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Inscriben a Apoyo Consultoría S.A.C. en la sección denominada "De las Entidades Valorizadoras comprendidas en la Ley N° 28739")

Fecha20 Enero 2017
Número de resolución010-2017
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
AÑODELBUENSERVICIOALCIUDADANO
1
Resolución de Intendencia General SMV
010-2017-SMV/11.1
Lima, 20 de enero de 2017
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El Expediente N° 2017002132, así como el Informe
Interno N° 53-2017-SMV/11.1 del 20 de enero del 2017, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 28739, Ley que Promueve el
Canje o Redención de las Acciones de Inversión (en adelante, la Ley), se estableció el
marco jurídico para la promoción del canje o redención de las acciones de inversión;
Que, asimismo, mediante la mencionada Ley, se encargó
a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, la regulación del trámite que
deben seguir las empresas que decidan formular las referidas ofertas públicas; así
como la creación de un registro de entidades valorizadoras y las normas a las que
tales entidades debían sujetarse;
Que, en ese contexto con Resolución CONASEV Nº 060-
2006-EF/94.10, se aprobó el Reglamento de la Ley que promueve el Canje o
Redención de las Acciones de Inversión. En dicho reglamento se creó la sección “De
las Entidades Valorizadoras comprendidas en la Ley Nº 28739” y se incorporó el
Capítulo VII, referido a las “Entidades Valorizadoras comprendidas en la Ley
N°28739”, al Título II del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores,
aprobado por Resolución CONASEV N° 079-1997-EF/94.10, determinándose los
requisitos que deben cumplir las empresas interesadas en obtener su inscripción para
actuar como entidades valorizadoras;
Que, el 18 de enero de 2017, Apoyo Consultoría S.A.C.,
representada por su Gerente General y Presidente Ejecutivo, señor Gianfranco
Castagnola Zúñiga, ha solicitado su inscripción en el Registro Público del Mercado de
Valores como entidad valorizadora comprendida en la Ley;
Que, de la evaluación a la documentación presentada en
el marco de la solicitud a que se hace referencia en el párrafo precedente, se ha
verificado que Apoyo Consultoría S.A.C. cumplió con presentar la información
requerida por la Ley, el artículo 36-A del Reglamento del Registro Público del Mercado
de Valores, la Resolución Gerencial N° 59-2006-EF/94.45 y el Reglamento del Sistema
MVNet y SMV Virtual, aprobado por Resolución SMV N° 010-2010-SMV/01;
Que, el artículo 7, numeral 14 de la Política sobre
Publicidad de Proyectos Normativos, Normas Legales de Carácter General y Otros
Actos Administrativos de la SMV, aprobada por Resolución SMV N° 014-2014-

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