ResoluciónNº 009-2018 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen el registro del Prospecto Marco Actualizado, del "Primer Programa de Emisión de Instrumentos de Corto Plazo A. Jaime Rojas", en el Registro Público del Mercado de Valores)

Fecha22 Enero 2018
Número de resolución009-2018
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELAIGUALDADDEOPORTUNIDADESPARAMUJERESYHOMBRESAÑODELDIÁLOGOYLARECONCILIACIÓNNACIONAL
1
Resolución de intendencia General SMV
Nº 009-2018-SMV/11.1
Lima, 22 de enero de 2018
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El Expediente 2017045504, así como el Informe
Interno N° 77-SMV/11.1 del 18 de enero del 201, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados el 28 de diciembre
de 2017 y 17 enero de 2018, A. Jaime Rojas Representaciones Generales S.A. ha
solicitado a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, el registro de la
actualización del Segundo Prospecto Marco correspondiente al “Primer Programa de
Emisión de Instrumentos de Corto Plazo A. Jaime Rojas” en el Registro Público del
Mercado de Valores;
Que, se ha verificado que mediante Resolución de
Intendencia General SMV N°006-2014-SMV/11.1 del 13 de enero de 2014, se aprobó
el trámite anticipado, se inscribió el “Primer Programa de Emisión de Instrumentos de
Corto Plazo A. Jaime Rojas”, hasta por un monto máximo en circulación de S/ 10 000
000,00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente a Dólares de los
Estados Unidos de América, y el registro del Prospecto Marco correspondiente en el
Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14,
numeral 14.2.3., del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores
Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10 y sus normas
modificatorias, transcurridos tres años de la vigencia de la inscripción del programa de
emisión, el emisor necesariamente deberá presentar un prospecto marco actualizado
que consolide todas las variaciones efectuadas a éste, el cual deberá ser remitido a la
SMV dentro del plazo de treinta (30) días calendario siguientes. Asimismo, el citado
artículo dispone que el registro de dicho prospecto se realice bajo un procedimiento de
aprobación automática si es presentado en dicho plazo y bajo un procedimiento de
evaluación previa sujeto a silencio administrativo negativo, si es presentado fuera del
mismo;
Que, luego de la evaluación realizada a la presente
solicitud, se observa que el plazo de tres años de vigencia de la inscripción del “Primer
Programa de Emisión de Instrumentos de Corto Plazo A. Jaime Rojas” se cumplió el
13 de enero de 2017, con lo cual al verificarse que A. Jaime Rojas Representaciones
Generales S.A. presentó su solicitud a la SMV fuera del plazo de treinta (30) días

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR