Resolucion N° 0084-2023-JNE. Declaran nulo el Acuerdo de Consejo Regional N° 035-2023-CR/GRL, que aprobó la vacancia de consejero del Consejo Regional de Lima, e improcedente el procedimiento de vacancia seguido en su contra

Fecha de publicación30 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Expediente N° JNE.2023000807

LIMA

VACANCIA

TRASLADO

Lima, veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés

VISTO: el procedimiento de vacancia incoado por don Napoleón Ponce Martínez (en adelante, señor solicitante) en contra de don Jimmy Edson Manta Ignacio, consejero del Consejo Regional de Lima (en adelante, señor consejero), por la causa de inasistencia injustificada al Consejo Regional, a tres (3) sesiones consecutivas o cuatro (4) alternadas durante un (1) año, prevista en el numeral 5 del artículo 30 de la Ley N.º 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante, LOGR); teniendo a la vista también el Expediente N° JNE.2023001601.

ANTECEDENTES

1.1. A través del Auto N° 1, del 10 de marzo de 2023, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) trasladó al Consejo Regional de Lima el pedido de vacancia presentado por el señor solicitante en contra del señor consejero, por la causa prevista en el numeral 5 del artículo 30 de la LOGR.

1.2. Con el Oficio N° 680-2023-GRL-SCR, presentado el 19 de abril de 2023, el secretario (e) del Consejo Regional de Lima remitió el Acuerdo de Consejo Regional N° 035-2023-CR/GRL, del 12 de abril de 2023, que declaró la procedencia de la solicitud de vacancia presentada en contra del señor consejero.

1.3. Con el Oficio N° 001398-2023-SG/JNE, del 27 de abril de 2023, la Secretaría General del JNE requirió al presidente del Consejo Regional de Lima que envíe información relacionada con la juramentación y asunción del cargo del señor consejero, así como del procedimiento de vacancia seguido en su contra.

1.4. Con los Oficios N° 805-2023-GRL-SCR y N° 807-2023-GRL-SCR, presentados el 11 de mayo de 2023, el secretario (e) del Consejo Regional de Lima informó, entre otros, que, aun cuando fue notificado, el señor consejero no asistió al acto de juramentación y asunción del cargo, realizado el 1 de enero de 2023.

1.5. Por su parte, mediante la Resolución N° 0081-2023-JNE, del 16 de mayo de 2023, emitida en el Expediente N° JNE.2023001601, este órgano colegiado dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada al señor consejero, debido a que se acreditó la imposibilidad de que pudiera juramentar y asumir el cargo por el que fue electo para el periodo de gobierno regional 2023-2026, en mérito al mandato de detención que recae en su contra.

En esa medida, se convocó a don Wildeng Michael Acevedo Valerio, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero regional por la provincia de Yauyos, en tanto se resuelve la situación...

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