Resolución Nº 0084-2021-MIDAGRI-SG-OGA del Ministerio de Agricultura, 07-05-2021

Fecha07 Mayo 2021
Número de resolución0084-2021-MIDAGRI-SG-OGA
RESOLUCION DIRECTORAL
0084 -2021-MIDAGRI-SG/OGA
Lima, 07 de mayo de 2021
VISTOS:
La Carta N° 0013-2021, del contratista LG SOLUCIONES
E.I.R.L.; el Informe Nº 0483-2021-MIDAGRI-SG/OGA-OAP de la Oficina de Abastecimiento
y Patrimonio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-84-PCM se aprueba
el Reglamento del Procedimiento Administrativo para el reconocimiento y abono de créditos
internos y devengados a cargo del Estado (en adelante, el Reglamento), estableciendo las
disposiciones que regulan la tramitación de las acciones y reclamaciones de cobranza de
créditos internos a cargo del Estado, por concepto de adquisiciones de bienes, servicios y
otros créditos similares correspondientes a ejecuciones presupuestales fenecidos, con
excepción del endeudamiento financiero autorizado por norma legal expresa;
Que el artículo 3 del Reglamento precisa que se entiende por
créditos, las obligaciones que, no habiendo sido afectadas presupuestalmente, han sido
contraídas en ejercicio fiscal dentro de los montos de gastos autorizados en los calendarios
de compromisos de ese mismo ejercicio;
Que, asimismo, los artículos 6 y 7 del Reglamento disponen
que el reconocimiento de la deuda será promovido por el acreedor ante el organismo deudor,
acompañado de la documentación que acredite el cumplimiento de la obligación de su
competencia; y, que el organismo deudor, previsto de los informe técnicos y jurídicos
internos, con la indicación de la conformidad del cumplimiento de la obligación en los casos
de adquisiciones y contratos, y de las causales por las que no se ha abonado en el
presupuesto, resolverá denegando o reconociendo el crédito y ordenando su abono con
cargo al presupuesto del ejercicio vigente;
Que, el artículo 8 del Reglamento establece que la resolución
mencionada en su artículo 7 será expedida en primera instancia por el director/a general de
Administración;
Que, por Carta 0013-2021, el contratista LG
SOLUCIONES E.I.R.L. (en adelante, el contratista) solicita el reconocimiento de crédito
devengado por la adquisición de 08 tóneres;
Que, a través del Informe Nº 0483-2021-MIDAGRI-SG/OGA-
OAP, la Oficina de Abastecimiento y Patrimonio opina que se verifica el cumplimiento de los
requisitos para proceder con el reconocimiento de crédito devengado, toda vez que: i) el 22
de diciembre de 2020, el contratista acepta la Orden de Compra Electrónica OCAM-2020-
155-522-0 (Orden de Compra-Guía de Internamiento N° 279-2020, expediente SIAF N°
6891) “Adquisición de 08 tóneres, por el monto de S/ 1 167.44 (Mil Cientos Sesenta y Siete
y 44/100 Soles), generada a través del aplicativo del Catálogo Electrónico de Acuerdo
Firmado digitalmente por MEZA
POZO Rosa De Santa Maria FAU
20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 07.05.2021 16:41:49 -05:00
Firmado digitalmente por
KANASHIRO KATEKARU Lisette
Patricia FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 07.05.2021 16:53:11 -05:00
Firmado digitalmente por
SALAVERRY HERNANDEZ Claudia
Janette FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 07.05.2021 19:11:51 -05:00

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