Lima, 30 de enero de 2024
VISTO:
El Memorándum N° STOR-31-2024, elaborado por la Secretaría Técnica de Órganos Resolutivos, mediante el cual se somete a consideración del Consejo Directivo, el proyecto normativo ¨Resolución de Consejo Directivo que modifica el artículo 8 del Reglamento de Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución N° 044-2018-OS/CD”.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, referidas a las obligaciones o derechos de las entidades supervisadas o de sus usuarios;
Que, de la misma manera, el literal e) del mismo numeral 3.1 prevé que al amparo de la función de solución de controversias, los organismos reguladores están facultados a conciliar intereses contrapuestos entre entidades o empresas bajo su ámbito de competencia, entre éstas y sus usuarios o de resolver los conflictos suscitados entre los mismos, reconociendo o desestimando los derechos invocados;
Que, en ejercicio de la función normativa, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 044-2018-OS/CD,...