Resolucion N° 008-2024-SUNARP/DTR. Aprueban los Lineamientos para la realización de la actividad de inclusión registral: “SUNARP: TRÁMITES SIN BARRERAS”

Fecha de publicación14 Febrero 2024
SecciónSección Única
Aceptan renuncia de Ministro de Defensa

Lima, 9 de febrero de 2024


VISTOS: La Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 013-2024-SUNARP/SN del 24 de enero de 2024, el Informe N° 003-2024-SUNARP/DTR-SOR del 07 de febrero de 2024 de la Subdirección de Gestión del Procedimiento Registral; y,


CONSIDERANDO:


Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;


Que, el literal d) del artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNARP señala como una de las funciones de la Dirección Técnica Registral la de emitir lineamientos dirigidos a los Órganos Desconcentrados para el desarrollo de la función registral, así como supervisar el cumplimiento de las políticas y normas técnicas que en tales ámbitos se emita. Asimismo, en el literal l) del citado artículo, señala que la Dirección Técnica Registral tiene entre sus funciones la de diseñar y coordinar la realización de actividades de inclusión registral de Órganos Desconcentrados en el ámbito nacional y de la Sede Central;


Que, mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de vistos se instituye en el artículo 1, la nueva actividad de inclusión registral: “Sunarp: Trámites sin barreras”; asimismo, en el artículo 2 de dicha resolución, atendiendo lo señalado en el párrafo precedente, se dispone que la Dirección Técnica Registral emita los lineamientos referidos a la ejecución de la citada actividad;


Que, conforme a lo expuesto precedentemente, la Subdirección de Gestión del Procedimiento Registral, mediante informe de vistos y en el marco de sus competencias concerniente a promover y evaluar, en coordinación con los órganos desconcentrados, la realización de actividades de inclusión registral en el ámbito nacional, para la creación y mejora de servicios y productos registrales, previstas en el inciso f) del artículo 66 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNARP, ha remitido a ésta Dirección Técnica el proyecto de lineamientos que tienen por objetivo establecer las acciones para la realización de la actividad de inclusión registral “Sunarp: Trámites sin barreras”, a partir de regular medidas destinadas a su planificación, difusión, ejecución y evaluación; la misma que se realiza previa coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y el Colegio de Notarios correspondiente al ámbito geográfico de la zona registral;


Que, esta Dirección Técnica concuerda con los lineamientos para la realización de la actividad de inclusión registral “Sunarp: Trámites sin barreras”, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo de aprobación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución de la Superintendencia Nacional del vistos;


Que, atendiendo a las consideraciones antes aludidas y de conformidad con lo previsto en los literales d) y l) del artículo 59 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 035-2022- SUNARP/SN;


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Aprobación de lineamientos


Aprobar los Lineamientos para la realización de la actividad de inclusión registral: “SUNARP: TRÁMITES SIN BARRERAS”.


Artículo 2.- Entrada en vigencia


Los Lineamientos aprobados en el artículo 1, entran en vigencia al día siguiente de su publicación.


Artículo 3.- Publicación


Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.


Regístrese, comuníquese y publíquese.


ABEL RIVERA PALOMINO


Director Técnico Registral


Sede Central – SUNARP


I. OBJETIVO


Regular las actuaciones de los órganos desconcentrados y de la Sede Central para la planificación, difusión, ejecución y evaluación de la actividad de inclusión registral denominada...

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