Resolución Nº 008-2021-SUNEDU de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 26-01-2021

Fecha26 Enero 2021
Número de resolución008-2021-SUNEDU
EmisorSuperintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
0008-2021-SUNEDU
Lima, 26 de enero de 2021
VISTOS:
El Informe N° 08-2021-SUNEDU/03-07 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el
Informe N° 085-2021-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2021, se aprueban los presupuestos institucionales de los Pliegos del Sector Público, y a través
de la Resolución de Superintendencia N° 080-2020-SUNEDU, se aprueba el Presupuesto
Institucional de Apertura - PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 0118:
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, p or el monto de
S/ 70 546 302,00 (setenta millones quinientos cuarenta y seis mil trescientos dos y 00/100 Soles),
por toda fuente de financiamiento;
Que, el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo
del Si stema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores
ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados
ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a
límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en
consistencia con las reglas fiscales vigentes, conforme a lo establecido en dicho artículo, y son
aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad;
Que, el numeral 50.2 del citado artículo, dispone que los límites máximos de
incorporación a que se refiere el párrafo 50.1, son establecidos para las Entidades del Gobierno
Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según corresponda, mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección
General de Presupuesto Público, el cual se debe publicar hasta el 31 de enero de cada año fiscal;
Que, a través del Decreto Supremo N° 431-2020-EF, se establecen los límites máximos
de incorporación de mayores ingresos en los pliegos del Gobierno Nacional, que se destinen al
financiamiento de gasto corriente, correspondiendo al Pliego 0118: Sunedu el monto de hasta
S/ 3 076 365,00 (tres millones setenta y seis mil trescientos sesenta y cinco y 00/100 Soles);
Que, mediante Informe N° 08-2021/SUNEDU-03-07, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto emite opinión favorable para la incorporación de mayores i ngresos públicos en el
presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 001 Sunedu Sede Central del Pliego: 0118
Sunedu, por el monto de S/ 3 076 365,00 (tres millones setenta y sei s mil trescientos sesenta y
cinco y 00/100 Soles) provenientes de los Saldos de Balance del año 2020 determinados de libre
disponibilidad, con la finalidad de financiar el requerimiento de mayores recursos de los órganos
Firmado Digitalmente por:
VARGAS ZAPATA Zoraida
FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 26/01/2021 18:48:27
Firmado Digitalmente por:
DAGER ALVA Joseph Elias
FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 26/01/2021 19:01:28
Firmado Digitalmente por:
MUNARRIZ INFANTE Fressia
Mercedes FAU 20600044975
soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 26/01/2021 19:22:09
Firmado Digitalmente por:
ZEGARRA ROJAS Oswaldo
Delfin FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 26/01/2021 19:49:27

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