Resolución Nº 008-2021 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RIGSE N° 008-2021-SMV/10.2)

Fecha18 Enero 2021
Número de resolución008-2021
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES - AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades 008-2021-SMV/10.2
Lima, 18 de enero de 2021
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El expediente N° 2020042437 iniciado por Grupo Coril
Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el Informe N° 57-2021-SMV/10.2
del 15 de enero de 2021 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la
Superintendencia del Mercado de Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Conasev 035-99-EF/94.10
de 09 de marzo de 1999 se autorizó a Progreso S.A. Sociedad Administradora de
Fondos, hoy denominado Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., para
administrar fondos de inversión;
Que, mediante escritos presentados hasta el 30 de
diciembre de 2020, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. solicitó la
inscripción del fondo de inversión denominado Coril Renta Prime Soles 6 Fondo de
Inversión en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la evaluación a la documentación presentada se
ha determinado que Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido
con lo dispuesto en los artículos 9 y 23 de la Ley de Fondos de Inversión y sus
Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862 y sus modificatorias; el artículo
30 y el Anexo G del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras, aprobado por Resolución SMV 029-2014-SMV/01 y sus
modificatorias; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de
Superintendente Nº 023-2015-SMV/02 y modificatorias, para la inscripción del fondo de
inversión mencionado en el párrafo anterior, tal como se desarrolla en el Informe N° 57-
2021-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 1, literal b), del Texto
Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores,
aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y sus normas modificatorias; y el artículo 38,
numerales 6) y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia
del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y sus
modificatorias.
RESUELVE:
Artículo .- Disponer la inscripción del fondo de inversión
denominado Coril Renta Prime Soles 6 Fondo de Inversión en la sección
correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores y su respectivo reglamento
de participación.

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