Resolución Nº 008-2021 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( RIGSE N° 008-2021-SMV/10.2)
Fecha | 18 Enero 2021 |
Número de resolución | 008-2021 |
Emisor | Superintendencia del Mercado de Valores (Perú) |
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES - AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 008-2021-SMV/10.2
Lima, 18 de enero de 2021
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El expediente N° 2020042437 iniciado por Grupo Coril
Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el Informe N° 57-2021-SMV/10.2
del 15 de enero de 2021 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la
Superintendencia del Mercado de Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Conasev N° 035-99-EF/94.10
de 09 de marzo de 1999 se autorizó a Progreso S.A. Sociedad Administradora de
Fondos, hoy denominado Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., para
administrar fondos de inversión;
Que, mediante escritos presentados hasta el 30 de
diciembre de 2020, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. solicitó la
inscripción del fondo de inversión denominado Coril Renta Prime Soles 6– Fondo de
Inversión en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores;
Que, de la evaluación a la documentación presentada se
ha determinado que Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido
con lo dispuesto en los artículos 9 y 23 de la Ley de Fondos de Inversión y sus
Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862 y sus modificatorias; el artículo
30 y el Anexo G del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 029-2014-SMV/01 y sus
modificatorias; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de
Superintendente Nº 023-2015-SMV/02 y modificatorias, para la inscripción del fondo de
inversión mencionado en el párrafo anterior, tal como se desarrolla en el Informe N° 57-
2021-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 1, literal b), del Texto
Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores,
aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y sus normas modificatorias; y el artículo 38,
numerales 6) y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia
del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y sus
modificatorias.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo de inversión
denominado Coril Renta Prime Soles 6– Fondo de Inversión en la sección
correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores y su respectivo reglamento
de participación.
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