Resolución Nº 008-2014-MINAGRI del Ministerio de Agricultura, 01-07-2014

Número de resolución008-2014-MINAGRI
Fecha24 Julio 2014
El Peruano
Jueves 24 de julio de 2014
528484
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 25962, Ley
Orgánica del Sector Energía y Minas; Ley Nº 27619, Ley
que regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos, modi cada por la Ley N° 28807 y
su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM y sus modi catorias, el Decreto Supremo N°
005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;
y la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en
el Despacho de Energía y Minas, señor Eleodoro Octavio
Mayorga Alba, a la Isla Baltra y Santa Cruz, provincia de
Galápagos, República del Ecuador, del 28 de julio al 02
de agosto de 2014, para los nes a que se re ere la parte
considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios serán cubiertos por
el Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y
Minas – Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al detalle:
Nombres y
Apellidos
Pasaje
Aéreo País
Viáticos
por día
US$
N° de
días
Total
Viáticos
US$
Eleodoro
Octavio
Mayorga Alba
US$
2 700.00 Ecuador 370.00 4 1 480.00
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Energía y Minas
al señor Milton Martín von Hesse La Serna, Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto dure la
ausencia del titular.
Artículo 4.- La presente Resolución no dará no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el
Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELASQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
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AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de
Agricultura y Riego - MINAGRI
DECRETO SUPREMO
Nº 008-2014-MINAGRI
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se aprobó
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura, habiéndose aprobado su Reglamento de
Organización y Funciones con Decreto Supremo Nº 031-
2008-AG;
Que, por Ley Nº 30048 se modi có el Decreto
Legislativo Nº 997, con relación a su denominación,
estructura y funciones, y mediante la Primera Disposición
Complementaria Transitoria se dispuso que el Ministerio de
Agricultura y Riego presente su proyecto de Reglamento
de Organización y Funciones a la Presidencia del Consejo
de Ministros en un plazo no mayor a (90) noventa días
hábiles, contados a partir de la vigencia de dicha Ley;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del
Ministerio de Agricultura y Riego, de conformidad con
los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte
de las Entidades de la Administración Pública” aprobados
por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión
Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros; y,
En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del
artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de
conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº
997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura modi cado por la Ley Nº 30048; y, la Ley Nº
27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del
Estado;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura
y Riego
Apruébase el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que
consta de seis (06) Títulos, setenta y cuatro (74) Artículos,
una (01) Disposición Complementaria Final, dos (02)
Disposiciones Complementarias Transitorias y un (01)
Anexo, que forman parte integrante del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2.- Acrónimo
Apruébase el uso del término MINAGRI como acrónimo
del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual será utilizado
en toda comunicación, documentos o ciales, con intención
de publicidad y otros nes que correspondan.
Artículo 3.- Financiamiento
La implementación del presente Decreto Supremo
se efectuará con cargo al presupuesto institucional del
Ministerio de Agricultura y Riego, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4.- Publicación
El Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, aprobado
por el artículo 1, precedente, será publicado en el
Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el
Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego
(www.minagri.gob.pe), el mismo día de la publicación
del presente Decreto Supremo en el Diario O cial El
Peruano.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Agricultura y Riego.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Normas Complementarias
El Ministerio de Agricultura y Riego expedirá las
normas complementarias necesarias para la adecuada
aplicación del Reglamento de Organización y Funciones
aprobado mediante el presente Decreto Supremo.
Segunda.- Aprobación del Cuadro de Puestos de
la Entidad
El Ministerio de Agricultura y Riego aprobará su
propuesta de Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE,
conforme a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el
Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio
Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-
PCM, y a las Directivas para la elaboración del CPE por
las Entidades, expedidas por la Autoridad Nacional del
Servicio Civil (Servir).
Tercera.- Referencia en normas anteriores a
Direcciones u O cinas
Toda referencia en normas anteriores a los órganos
y unidades orgánicas del Ministerio que no formen parte
El Peruano
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del Reglamento de Organización y Funciones aprobado
por el presente Decreto Supremo, deben identi carse con
los nuevos órganos y unidades orgánicas, de acuerdo con
sus funciones.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Derogación
Derógase el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura, y su modi catoria aprobada por
Decreto Supremo Nº 001-2009-AG.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés
días del mes de julio del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
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Designan Director Zonal de La Libertad
de AGRO RURAL
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 218-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 22 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 089-
2012-AG-AGRO RURAL-DE de fecha 14 de junio de 2012,
se designó al Ingeniero Marco Leopoldo Alaba Aguirre en
el cargo de Director Zonal de La Libertad del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL;
Que, el citado funcionario ha presentado renuncia
al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar y
designar a su reemplazante;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos
y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de
Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 1120-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia
presentada por el Ingeniero Marco Leopoldo Alaba Aguirre
al cargo de Director Zonal de La Libertad del Programa
de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- DESIGNAR, al Ingeniero Agrónomo
Gustavo Álvaro Reyes Tello, en el cargo de Director Zonal
de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural – AGRO RURAL.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ
Director Ejecutivo
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural - AGRO RURAL
1114720-1
Designan Jefe de la Agencia Zonal
Santiago de Chuco de la Dirección
Zonal La Libertad de AGRO RURAL
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 219-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 22 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 068-
2009-AG-AGRO RURAL-DE de fecha 03 de setiembre
de 2009, se designó al Ingeniero Santos Melanio Blas
Solórzano como Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de
Chuco de la Dirección Zonal de La Libertad del Programa
de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL;
Que, es necesario dar por concluida la designación
mencionada, así como designar a su reemplazante;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos
y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de
Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 1120-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA, la designación
del Ingeniero Santos Melanio Blas Solórzano, como Jefe
de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección
Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo
Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- DESIGNAR, al Ingeniero Agrónomo
José Luis Aquino Celis, como Jefe de la Agencia Zonal de
Santiago de Chuco de la Dirección Zonal La Libertad del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO
RURAL.
Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ
Director Ejecutivo
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural - AGRO RURAL
1114720-2
AMBIENTE
Designan representantes titular y
alterno del MINAM ante la Comisión
Multisectorial creada mediante D.S. N°
018-2014-SA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 226-2014-MINAM
Lima, 23 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2014-
SA, publicado en el Diario O cial El Peruano con fecha
12 de julio de 2014, se declaró de interés nacional la
implementación del Riego con Secas Intermitentes en
el Cultivo de Arroz bajo riego a nivel nacional para el
Control Vectorial de la Malaria y se constituyó la Comisión
Multisectorial de naturaleza permanente, encargada
de cumplir funciones de emisión de informes técnicos y
seguimiento de acciones relacionadas a la implementación
del Riego con Secas intermitentes, la misma estará
adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el artículo 2° del citado Decreto Supremo,
establece que la Comisión Multisectorial estará integrada,
entre otros, por un representante del Ministerio del
Ambiente – MINAM;
Que, asimismo, el artículo 4° de la mencionada norma
establece que los integrantes de la Comisión Multisectorial
deberán contar con un representante titular y otro alterno,
designados mediante resolución del titular de la entidad
a la que pertenecen, dentro del plazo de cinco (05) días
calendario, contados a partir del día siguiente de su
publicación; por lo que, resulta necesario emitir el acto
resolutivo que designa a los representantes del Ministerio
del Ambiente ante dicha Comisión;
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