Resolucion N° 0079-2023/SEL-INDECOPI. Declaran barreras burocráticas ilegales disposiciones contenidas en la Ordenanza Municipal N° 021-2020-CM/MPC que aprueba el TUPA de la Municipalidad Provincial de Concepción y en la Ordenanza Municipal N° 017-2013-CM/MPC que aprueba el Reglamento para la Prestación de Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados

Fecha de publicación12 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 8 de marzo de 2023

ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Provincial de Concepción

NORMAS QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Ordenanza Municipal 021-2020-CM/MPC que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Concepción.

Ordenanza Municipal 017-2013-CM/MPC que aprueba el Reglamento para la Prestación de Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados.

PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución 0214-2022/INDECOPI-JUN del 6 de mayo de 2022

BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:

(i) Los requisitos para obtener el “Permiso de operación para el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados de categoría L5”; materializados en el Procedimiento 185 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Concepción, aprobado por Ordenanza Municipal 021-2020-CM/MPC del 27 de noviembre de 2020, medidas detalladas a continuación:

- Contar con licencia de funcionamiento de la sede administrativa.

- Plano de ruta y, recorrido de conformidad al plan regulador de ruta para la Provincia de Concepción.

- Estudio de mercado justificando la operatividad de la empresa.

- Copia de su reglamento interno y estatuto, cuyo objetivo entre otros sea el de dedicarse al servicio especial de pasajeros en vehículos menores motorizados.

(ii) Las exigencias del transportador autorizado para el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados de categoría L5; materializados en el artículo 26 del Reglamento para la Prestación de Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados, aprobado mediante Ordenanza Municipal 017-2013-CM/MPC, medidas detalladas a continuación:

- Que los conductores de los vehículos habilitados tengan su certificado de capacitación de conductores anualmente.

- Que los conductores utilicen uniforme y porten en el pecho la credencial de conductores emitida por la Municipalidad Provincial de Concepción.

- No permitir en el servicio especial el uso de radio parlante.

SUSTENTO DE LA DECISIÓN:

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas determinó que las municipalidades provinciales cuentan con competencias para normar y regular el servicio público de...

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