RESOLUCION N° 007-2015-OEFA/CD - Aprueban el Reglamento de Medidas Administrativas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA

Fecha de disposición24 Febrero 2015
Fecha de publicación24 Febrero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Martes 24 de febrero de 2015 547225
Of‌i cinas de Coordinación Responsable
Of‌i cina de Coordinación de Codo
del Pozuzo de la Of‌i cina Zonal de
Pucallpa
Coordinador de la Of‌i cina o quien
ejerza sus funciones
Artículo 2°.- DISPONER que la Of‌i cina General
de Administración notif‌i que la presente Resolución a
los servidores mencionados y al Órgano de Control
Institucional de DEVIDA, que coloque copia de la presente
en lugar visible en la Sede Central, Unidades Ejecutoras y
Of‌i cinas Zonales de DEVIDA, así como la publicación en
la página web institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente Ejecutivo
1203601-3
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
ORGANISMO DE EVALUACION
Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Aprueban el Reglamento de Medidas
Administrativas del Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental
– OEFA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
N° 007-2015-OEFA/CD
Lima, 17 de febrero de 2015
VISTOS:
El Informe N° 075-2015-OEFA/OAJ de la Of‌i cina de
Asesoría Jurídica, el Informe N° 010-2015-OEFA/DS de
la Dirección de Supervisión y el Informe N° 002-2015-
OEFA/DFSAI de la Dirección de Fiscalización, Sanción y
Aplicación de Incentivos; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria
Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo
que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones
del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como
organismo público técnico especializado, con personería
jurídica de derecho público interno, constituyéndose en
pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y
encargado de la f‌i scalización ambiental;
Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema
Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga
al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el
cual tiene por f‌i nalidad asegurar el cumplimiento de las
obligaciones ambientales f‌i scalizables por parte de los
administrados, así como supervisar y garantizar que
las funciones de evaluación, supervisión y f‌i scalización
ambiental ņa cargo de las diversas entidades del Estadoņ
se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y
ef‌i ciente;
Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del
Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325,
modif‌i cado por la Ley N° 30011, la función normativa
del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito
y materia de sus competencias, las normas que regulen
el ejercicio de la f‌i scalización ambiental en el marco
del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización
Ambiental (SINEFA) y otras de carácter general referidas
a la verif‌i cación del cumplimiento de las obligaciones
ambientales f‌i scalizables de los administrados a su
cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de
la función de supervisión de Entidades de Fiscalización
Ambiental (EFA), las que son de obligatorio cumplimiento
para dichas entidades en los tres niveles de gobierno;
Que, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 78° del
Reglamento de la Ley N° 27446 - Ley del Sistema Nacional
de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por
f‌i scalización ambiental cuenta con la facultad de requerir
a los administrados la actualización de sus estudios
ambientales ante la autoridad competente;
Que, el Artículo 16°-A de la Ley N° 29325, modif‌i cado
por la Ley N° 30011, establece que el OEFA puede dictar
mandatos de carácter particular a los administrados con
el objeto de que estos realicen determinadas acciones
que tengan como f‌i nalidad garantizar la ef‌i cacia de la
f‌i scalización ambiental;
Que, de conformidad con lo establecido en el Literal b)
del Numeral 11.1 del Artículo 11° y el Artículo 22°-A de la
Ley N° 29325, la función de supervisión directa del OEFA
comprende la facultad de dictar medidas preventivas,
las cuales están dirigidas a evitar un inminente peligro o
alto riesgo de producirse un grave daño al ambiente, así
como a mitigar las causas que generan la degradación
ambiental;
Que, asimismo, el Literal c) del Numeral 11.1 del
Artículo 11° de la Ley N° 29325 dispone que la función
de f‌i scalización del OEFA comprende la facultad de
dictar medidas cautelares y correctivas, las cuales están
orientadas a garantizar la protección ambiental;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N°
033-2014-OEFA/CD del 23 de setiembre del 2014 se
dispuso la publicación del proyecto de Reglamento de
Medidas Administrativas del Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental - OEFA, en el Portal Institucional
de la entidad con la f‌i nalidad de recibir los respectivos
comentarios, sugerencias y observaciones de la
ciudadanía en general por un período de diez (10) días
hábiles contado a partir de la publicación de la citada
resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la
Información Pública Ambiental y Participación y Consulta
Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM;
Que, habiéndose recabado comentarios, sugerencias y
observaciones de los interesados, corresponde aprobar el
texto def‌i nitivo del Reglamento de Medidas Administrativas
del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
OEFA;
Que, tras la absolución y análisis de los aportes
recibidos durante el período de publicación de la propuesta
normativa, mediante Acuerdo N° 007-2015 adoptado en
la Sesión Ordinaria N° 006-2015 del 17 de febrero del
2015, el Consejo Directivo del OEFA decidió aprobar el
Reglamento de Medidas Administrativas del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, por lo
que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante
Resolución de Consejo Directivo;
Contando con el visado de la Secretaría General, la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Supervisión
y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de
Incentivos del OEFA;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325
- Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización
Ambiental, modif‌i cada por la Ley N° 30011, así como en
ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n)
del Artículo 8° y Literal n) del Artículo 15° del Reglamento
de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Medidas
Administrativas del Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual consta de cincuenta
y dos (52) Artículos, una (1) Disposición Complementaria
Final y una (1) Disposición Complementaria Transitoria, y
que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y la norma aprobada en el Artículo 1° en el
diario of‌i cial El Peruano y el Portal Institucional del OEFA
(www.oefa.gob.pe).
Artículo 3°.- Disponer la publicación en el Portal
Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe) de la Exposición
de Motivos de la presente Resolución, así como de
la matriz que sistematiza y absuelve los comentarios,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR