Resolución Nº 0065-PE-ESSALUD-2017 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 18-01-2017

Número de resolución0065-PE-ESSALUD-2017
Fecha18 Enero 2017
EstatusVigente
Tipo de documentoDirectiva
EmisorPresidencia Ejecutiva
EsSalud
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Lima
18
de eneco de
2017
VISTOS:
065
-PE-ESSALUD-2017
Las Cartas Nros. 129 y 156-GCL-ESSALUD-2017 de
la
Gerencia Central de Logística;
la
Carta 187-GCGF-ESSALUD-2017;
la
Carta
121-GCPD-ESSALUD-2017 y el Informe
Técnico 08-GOP-GCPD-ESSALUD-2017 de
la
Gerencia Central de Planeamiento y
Desarrollo;
la
Carta
226-GCAJ-ESSALUD-2017 y
el
Informe
47-GNAA-GCAJ-
ESSALUD-2017 de
la
Gerencia Central de Asesoría Jurídica,
y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1 º de
la
Ley 27056, Ley de Creación
del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y
sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción,
recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que
corresponden
al
Régimen Contributivo de
la
Seguridad Social
en
Salud, así como otros
seguros de riesgos humanos;
Que, mediante
la
Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de
la
29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el
año fiscal 2011, se dispuso que con
el objeto de fortalecer
la
gestión
en
la
prestación de los servicios que brinda
el
Seguro
Social de Salud (ESSALUD), a partir de
la
vigencia de
la
referida Ley, se incorpore a
ESSALUD bajo
el
ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de
la
Actividad Empresarial
del Estado (FONAFE), quedando sujeto a las normas de gestión, directivas y
procedimientos emitidos por el FONAFE;
~
CIA ~.., Que, por Decreto Supremo 368-2016-EF, se dictan las "Medidas de austeridad, disciplina
9
ij.,º
~(\
y calidad
en
el
gasto público y de ingresos del personal a aplicarse durante
el
Año Fiscal
,uo
e 017, para las empresas y entidades bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento
·§
de
la
Actividad Empresarial del Estado -FONAFE",
en
cuyo numeral 1.1 del artículo 1 º se
ssALüo
establece que son aplicables a las empresas bajo
el
ámbito de FONAFE , las medidas de
austeridad, disciplina y calidad
en
el
gasto público y de ingresos del personal, previstas
en
31
c1e
4
la
Directiva de Gestión de FONAFE aprobada por Acuerdo de Directorio 001-2013/006-
v ~
1
~~~
ii"\ ONAFE o norma que
la
sustituya o modifique;
'
'-
~/
G
s~""c;m}
ue, asimismo,
en
el
numeral
3.1
del artículo
del precitado Decreto se establece que
en
materia de austeridad, disciplina y calidad
en
el gasto público será de aplicación a
ESSALUD,
en
calidad de lineamientos mínimos,
la
Directiva de Gestión de FONAFE
aprobada por Acuerdo de Directorio
001-2013/006-FONAFE o norma que
la
sustituya o
modifique;
Que,
en
ese contexto, cabe indicar que
el
literal b.
7)
de
la
Directiva de Gestión de FONAFE,
aprobada por Acuerdo de Directorio 001-2013/006-FONAFE, modificada mediante
Acuerdos de Directorio Nros. 005-2013/015-FONAFE, 008-2014/003-FONAFE y 002-
2014/009-FONAFE, y por Resolución de Dirección Ejecutiva 109-2015/DE-FONAFE, se
regula
la
Gestión de gastos de viaje, estableciéndose, entre otros aspectos, que
la
Empresa
sólo podrá ejecutar gastos por viajes cuando se encuentren relacionados
al
cumplimiento de
sus fines;
Que, del mismo modo,
en
el referido literal se señala que
la
Empresa deberá contar con
un
procedimiento aprobado por
su
Directorio u órgano equivalente para viajes que se realicen
tanto
al
interior del país como
al
extranjero;
el
cual deberá considerar
la
obligación de
www.essalud.qob.¡,0
Av. Domingo Cueto
120
Jesús María
Lima 11 -Perú
T.: 265-6000 / 265-7000
~EsSalud
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
065
-PE-ESSALUD-2017
presentar el correspondiente informe de resultados del viaje y
la
rendición de gastos, sin
excepción;
Que, por Acuerdo de Directorio 005-2013/010-FONAFE, de fecha
06
de setiembre de
2013,
el
Directorio de FONAFE acordó precisar que para
la
aplicación de
la
Directiva de
Gestión de FONAFE,
en
el caso de ESSALUD, cuando se haga referencia a órgano
equivalente
al
Directorio o
al
Director de una Empresa se debe entender
al
Presidente
Ejecutivo, para diversos casos, dentro de los cuales se encuentra
la
aprobación del
procedimiento para viajes
al
interior y exterior del país,
lo
cual fue informado por el Director
Ejecutivo de FONAFE
con
Oficio
476-2013/DE-FONAFE;
Que, de acuerdo a
lo
establecido
en
el
literal
a)
del artículo 96° del Texto Actualizado y
Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud -
ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva 767-PE-ESSALUD-2015 y
modificatorias,
la
Gerencia de Contabilidad de
la
Gerencia Central de Gestión Financiera
tiene por función formular y actualizar normas, procedimientos y manuales que regulen el
Sistema Contable Institucional, supervisar
su
implementación y controlar
su
cumplimiento
en
el marco de
la
separación contable del
rol
asegurador y prestador de ESSALUD;
Que, conforme a sus competencias, mediante Carta de Vistos
la
Gerencia Central de
Gestión Financiera remitió para consideración de
la
Gerencia Central de Logística una
propuesta de Directiva denominada "Normas y Procedimientos para
el
Otorgamiento y
Rendición de Viáticos dentro del ámbito nacional de ESSALUD";
Que, de otro lado, de acuerdo a
lo
establecido
en
el
literal
c)
del artículo 110° del Texto
Actualizado y Concordado del Reglamento
en
mención,
la
Gerencia de Control Patrimonial y
Servicios de
la
Gerencia Central de Logística tiene por función conducir, proponer normas y
controlar los servicios de limpieza, conservación, seguridad integral de personas y bienes ,
transporte y asignación de pasajes y viáticos, a nivel institucional, para
el
adecuado uso y
racionalidad de los recursos;
~
/
V~
0
'c.
Que, en virtud a sus atribuciones, mediante Cartas de Vistos
la
Gerencia Central de
•.
DELCA
ILLO.
::"
ogística pr?pone
la
apr~~~ción d~~ª-Directiva deno~ina?a "No'.mas y
Procedimientos
para
P,e
..
den e ; /
Otorgamiento
y Rend1c1on
de
V1at1cos
dentro
del
ambJto
nacional
de
ESSALUD
",
la
cual
tiene por objetivo establecer las normas y procedimientos referidos
al
otorgamiento y
rendición de viáticos
por:
Comisiones de Servicios, Traslado de Pacientes y Traslado e
Instalación realizados por el personal de ESSALUD y Terceros vinculados efectuado dentro
del ámbito del territorio nacional;
Que, mediante Carta e Informe de Vistos
la
Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo
emitió
su
opinión técnica señalando que es necesario contar
con
una directiva institucional
que regule y oriente
el
procedimiento para
el
otorgamiento y rendición de viáticos dentro del
ámbito nacional de ESSALUD;
Que, desde
el
punto de vista legal, con Carta e Informe de Vistos
la
Gerencia Central de
Asesoría Jurídica consideró que
el
citado proyecto de Directiva se encuentra
en
el
marco de
la
Directiva de Gestión de FONAFE, aprobado por Acuerdo de Directorio 001-2013/006-
FONAFE, modificada mediante Acuerdos de Directorio Nros. 005-2013/015-FONAFE, 008-
2014/003-FONAFE y 002-2014/009-FONAFE, y por Resolución de Dirección Ejecutiva
109-2015/DE-FONAFE, y
en
lo
establecido
el
Texto Actualizado y Concordado del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud -ESSALUD,
aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva 767-PE-ESSALUD-2015 y sus
modificatorias;
vvwvv.essalud.goh.pe
Av. Domingo Cueto
120
Jesús María
Lima
11
-Perú
T.: 265-6000 / 265-7000

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR