Resolución nº 0065-2021-MP-FN-EMP de Fiscalía de la Nación, 05-05-2021

JurisdicciónPerú
Fecha05 Mayo 2021
Resolución de Gerencia
Lima, 05 de mayo de 2021
N° -2021-MP-FN-EMP
VISTO Y CONSIDERANDO:
Mediante Oficio Nª000519-2021-MP-FN-PJFSLIMANORTE
de fecha 30 de abril de 2021, la señora Elsa Victoria Perata Argomedo, Presidencia de la
Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, señala que el señor Víctor
Manuel Álvarez Pérez Asesor International Bar Association, quien a nombre del Instituto de
Derechos Humanos de la Asociación Internacional de Barras de Abogados, institución que,
conjuntamente con el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, de la Defensoría del
Pueblo, hace extensiva la invitación a un evento de capacitación, en ese sentido, solicita se
autorice la participación del personal Fiscal, a la actividad académica denominada:
“Investigación y documentación de la tortura: enfoques teóricos del Protocolo de
Estambul”, las cuales se llevarán a cabo en cuatro sesiones virtuales que comprenden los
días 3, 10, 17 y 24 de mayo del 2021, en el horario de 08.30 12.15 horas;
La actividad académica denominada Investigación y
documentación de la tortura: enfoques teóricos del Protocolo de Estambul” , tiene como
objetivo Fortalecer el conocimiento sobre estándares internacionales para la prevención de la
tortura, en particular el Protocolo de Estambul: Manual para la investigación y documentación
eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;
Conforme al artículo 6°, numeral 8, del Reglamento de
Actividades Académicas de la Escuela del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución
de la Fiscalía de la Nación N°4418-2017-MP-FN de fecha 5 de diciembre de 2017, que
señala: "(…) Capacitación oficializada: "Es la actividad académica realizada por una
institución con la que existe convenio vigente y es auspiciada o promovida por el Ministerio
Público, que cuenta con las mismas prerrogativas que la capacitación oficial', por lo que de
conformidad con el artículo 21° del Decreto Legislativo N°052, "Ley Orgánica del Ministerio
Público", numerales 9 y 10 del artículo 34° y artículo 38° de la Ley N ª 30483, "Ley de la
Carrera Fiscal"; la actividad académica denominada: “Investigación y documentación de la
tortura: enfoques teóricos del Protocolo de Estambul” , constituye una Capacitación
Oficializada, por lo que corresponde autorizar la participación de los representantes del
Ministerio Publico en la actividad académica antes mencionada;
En consecuencia, conforme a las facultades y atribuciones
conferidas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°921-2020-MP-FN de fecha 25
de agosto de 2020, en el artículo primero se delega en la Gerencia Central de la Escuela del
Ministerio Público, las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad
conforme a lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°052, "Ley Orgánica del
Ministerio Público"; en materia de conceder licencias (con goce y sin goce de
N° 000065-2021-MP-FN-EMP
Lima, 05 de Mayo del 2021
Firmado digitalmente por CUELA
OCHOA Marina FAU 20131370301
soft
Gerente Central De Escuela Del
Ministerio Público
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.05.2021 19:44:57 -05:00

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