RESOLUCION N° 0061-2015-R-UNALM - Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional Agraria La Molina

Fecha de disposición04 Mayo 2015
Fecha de publicación04 Mayo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Lunes 4 de mayo de 2015 551971
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como auxiliar coactivo de
la Intendencia Regional Ayacucho, al trabajador que se
indica a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
8796 APAZA HUIDOBRO, LUIS UBALDO
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN REYSER BENITES MORALES
Intendente (e)
Intendencia Regional Ayacucho
1230775-1
ORGANOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA
de la Universidad Nacional Agraria La
Molina
UNIVERSIDAD NACIONAL
AGRARIA LA MOLINA
RESOLUCIÓN N° 0061-2015-R-UNALM
La Molina, 19 de febrero del 2015
VISTO:
La Comunicación Nº Of.Planif./0100/2015 de fecha 18
de febrero del 2015, del Jefe de la Of‌i cina de Planif‌i cación,
proponiendo la aprobación de la modif‌i cación del Texto
Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad
Nacional Agraria La Molina (TUPA-UNALM);
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 062-
2009-PCM, def‌i ne que la modif‌i cación del valor de la
UIT no implica la modif‌i cación automática del monto
de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA.
Las entidades a través del funcionario responsable de
ingresar y publicar la información del TUPA en el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas, señalado en el
Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 293-2006-PCM
y el funcionario encargado en cada entidad de ingresar
y publicar la información en el Portal Web Institucional,
deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos
aplicables como resultado de la división del monto de
derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de
la UIT;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo N° 374-2014-EF, el valor de la Unidad
Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2015 será de
Tres Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 nuevos soles
(S/. 3,850.00), con lo cual resulta necesario autorizar
la reconversión de los nuevos términos porcentuales,
contenidos en el TUPA de la UNALM;
Que, mediante Resolución N° 0318-2013-CU-
UNALM que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) def‌i ne la nueva Estructura Orgánica de
la Universidad Nacional Agraria La Molina incorporándose
nuevas denominaciones de algunos órganos, por tal
razón es conveniente adecuar los datos de inicio del
procedimiento administrativo y la autoridad competente
para resolver contenidos en el TUPA-UNALM acorde con
las nuevas denominaciones; así mismo, en aplicación
de lo establecido en la Resolución N° 0479-2014-CU-
UNALM, es necesario agregar en los procedimientos
administrativos a cargo de la Biblioteca Agrícola Nacional,
el nombre “Orlando Olcese”;
Que, la Of‌i cina de Asesoría Legal, mediante Informe
Legal N° 00272-2014-JVCH-OAL/UNALM, Informe
Legal N° 00702-2014-JVCH-OAL/UNALM e Informe
Legal N° 001-2015-JVCH-OAL/UNALM establece que
los procedimientos administrativos: N° 14 – Prospecto
de Admisión, N° 51 – Aporte Semestral para Apoyo a la
Enseñanza, N° 52 – Fondo para el Bienestar Universitario
(FOBEU), N° 53 – Cobros Académicos por Pérdida
de la Gratuidad de la Enseñanza y N° 69 – Carpeta
de Postulante al Concurso Público de Selección para
Nombramiento o Contrato en la UNALM no constituye
propiamente dicho un procedimiento administrativo,
destinado a la expedición de un acto administrativo
con efectos jurídicos sobre intereses, obligaciones o
derechos de los administrados, condiciones establecidas
en los Artículos 29° y 37° de la Ley N° 27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General, por lo tanto
resulta procedente eliminar dichos procedimientos por
cuanto no cuentan con el sustento legal que justif‌i que su
inclusión en el mencionado TUPA;
Que, el Secretario General con Carta N° C.2013-0697-
SG/UNALM y el Director de la Escuela de Post-Grado
con Carta EPG N° 056/2015 solicitan la modif‌i cación de
la denominación de los procedimientos administrativos y
requisitos de los procedimientos administrativos que son
de su competencia;
Que, de conformidad con el numeral 38.5 del
Artículo 38° de la Ley N° 27444 -Ley del Procedimiento
Administrativo General que dispone, que una vez
aprobado el TUPA, toda modif‌i cación que no implique
la creación de nuevos procedimientos, incremento de
derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por
Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme
a la Constitución. Concordante con esta disposición el
Artículo 15° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM que
aprueba los Lineamientos para la Elaboración del Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, dispone
que las Universidades Públicas deberán aprobar su TUPA
mediante Resolución del Titular; resulta procedente
autorizar la modif‌i cación del TUPA – UNALM aprobado
con Resolución N° 0049-2014-R-UNALM;
Estando a lo propuesto por la Of‌i cina de Planif‌i cación,
según Informe Técnico N° 001-2015-URE-OP/UNALM
y estando a las atribuciones conferidas al señor Rector,
como Titular del Pliego;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Eliminar del Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad
Nacional Agraria La Molina, los siguientes Procedimientos
Administrativos:
• N° 14 Prospecto de Admisión.
• N° 51 Aporte Semestral para Apoyo a la Enseñanza.
• N° 52 Fondo para el Bienestar Universitario
(FOBEU).
• N° 53 Cobros Académicos por Pérdida de la Gratuidad
de la Enseñanza
• N° 69 Carpeta del Postulante al Concurso Público de
Selección para Nombramiento o Contrato en la UNALM.
Artículo Segundo.- Aprobar el Texto Único de
Procedimientos Administrativos –TUPA de la Universidad
Nacional Agraria La Molina que consta en el Anexo
Adjunto que forma parte integrante de la presente
resolución, el mismo que contiene los nuevos términos
porcentuales que regirán durante el año 2015, sobre
los derechos de tramitación de cada procedimiento
administrativo y la aplicación de las denominaciones
de los órganos que conforman la nueva Estructura
Orgánica de la UNALM aprobado con Resolución N°
0318-2013-CU-UNALM, acorde con los fundamentos
antes expuestos.
Artículo Tercero.- Aprobar los Formularios de
Trámite de uso en los procedimientos administrativos que

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