Resolución Nº 005-2023 de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Superintendencia Adjunta

Número de resolución005-2023
Fecha17 Enero 2023
EmisorSuperintendencia Adjunta (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Perú)
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RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE LOS
REGISTROS PÚBLICOS N° 005 -2023-SUNARP/SA
Lima, 17 de enero de 2023
VISTOS; el Informe Técnico Nº 00004-2023-SUNARP-DTR del 16 de enero
de 2023 de la Dirección Técnica Registral; el Informe N° 00018 -2023-SUNARP-
OAJ del 11 de enero de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorándum
N° 00032-2023-SUNARP/OTI del 13 de enero de 2023 de la Oficina de Tecnologías
de la Información; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26366, Ley de creación
del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los
Registros Públicos, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos
Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los
Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir,
coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los
Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de
simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, mediante Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del
Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus
diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos,
con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático,
descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo, establece que en virtud del principio de servicio al ciudadano, las
entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y
actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación,
asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por
lo que, su gestión debe realizarse optimizando la utilización de los recursos
disponibles, procurando la innovación y la mejora continua;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Gobierno Digital, se dispone de un régimen jurídico para el uso y adopción
de tecnologías digitales en la administración pública con la finalidad de prestar
servicios digitales seguros y sencillos que generen valor para el ciudadano;
Esta es una copia autentica imprimible de un documento electronico archivado por la SUNARP, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del Decreto
Supremo No 070-2013-PCM y la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo No 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a traves de la siguiente direccion web: https://verificador.sunarp.gob.pe
CVD: 3699837893

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