Resolución Nº 00492-2017-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 15-11-2017

Sentido del falloInfundada
EmisorJurado Nacional de Elecciones (Perú)
Número de resolución00492-2017-JNE
Tribunal de OrigenLIMA - LIMA - PUENTE PIEDRA
Fecha15 Noviembre 2017

Jurado Nacional de Elecciones

Resolución N.° 0492-2017-JNE


Expediente N.° J-2017-00166-A01

PUENTE PIEDRA - LIMA - LIMA

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, quince de noviembre de dos mil diecisiete


VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Javier Antonio Pérez Quispe en contra del Acuerdo de Concejo N.° 028-2017-AC/MDPP, del 18 de julio de 2017, que rechazó la solicitud de vacancia presentada en contra de Milton Fernando Jiménez Salazar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, por haber incurrido en la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N.° J-2017-00166-T01, y oídos los informes orales.


ANTECEDENTES


Solicitud de vacancia


Con fecha 5 de mayo de 2017 (fojas 4 a 8), Javier Antonio Pérez Quispe solicitó la declaratoria de vacancia de Milton Fernando Jiménez Salazar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).


Respecto a la solicitud de vacancia en contra del alcalde distrital, señaló lo siguiente:


  • Ha tomado conocimiento a través de la página web de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra que, el 20 de marzo de 2017, la corporación edil contrató, mediante Resolución de Alcaldía N.° 039-2017-ALC/MDPP, a Carlo Yenko Jiménez Vera, en el cargo de confianza de subgerente de Comunicaciones e Imagen Institucional, bajo la modalidad del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo N.° 1057.

  • El alcalde ha vulnerado el artículo 22, numeral 8, de la LOM, al permitir que su familiar (primo) labore para la municipalidad en los meses de marzo, abril y mayo del presente año.

  • La relación familiar entre el alcalde Milton Fernando Jiménez Salazar y el trabajador Carlo Yenko Jiménez Vera se encuentra corroborada con las partidas de nacimiento y la Resolución de Alcaldía N.° 039-2017-ALC/MDPP, que lo designa y nombra como subgerente de Comunicaciones e Imagen Institucional.

  • En la partida de nacimiento de Carlo Yenko Jiménez Vera se señala que es hijo de Luis Medardo Jiménez Arboleda, en la partida de nacimiento de Luis Medardo Jiménez Arboleda se indica que es hijo de Baltazar Jiménez Huamanqui; asimismo, en la partida de nacimiento de Milton Fernando Jiménez Salazar (alcalde), se señala que es hijo de Francisco Rogelio Jiménez Orellano, y, en el Certificado de Inscripción N.° 00026641-17-RENIEC, obra la inscripción del fallecimiento de Francisco Rogelio Jiménez Orellano, la cual anexa la Partida de Inscripción N.° 17544349, que señala que es hijo de Juan Francisco Jiménez Huamanqui.


Como medios probatorios, el solicitante adjuntó los siguientes documentos:

  • Certificado de inscripción Reniec de Milton Fernando Jiménez Salazar (fojas 11).

  • Certificado de inscripción Reniec de Carlo Yenko Jiménez Vera (fojas 12).

  • Resolución de Alcaldía N.° 039-2017-ALC/MDPP, de fecha 20 de marzo de 2017 (fojas 13 y 14).

  • Acta de nacimiento de Milton Fernando Jiménez Salazar. Padre: Rogelio Jiménez Orellano; madre: Nora Lidia Salazar (fojas 15).

  • Registro de nacimiento de Luis Medardo Jiménez Arboleda. Padre: Baltazar Jiménez Huamanqui; madre: Alejandrina Arboleda (fojas 16).

  • Certificado de inscripción Reniec de Francisco Rogelio Jiménez Orellano. Padre: Juan Francisco Jiménez Huamanqui; madre: Manuela Orellano (fojas 17 y 18).

  • Relación de funcionarios de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, extraída de la página de dicha municipalidad (fojas 19).

  • Relación de resoluciones de alcaldía (fojas 20).


Descargos del alcalde cuestionado


Con fecha 6 de julio de 2017 (fojas 39 a 48), el alcalde Milton Fernando Jiménez Salazar presentó, ante la comuna edil, su escrito de descargos, señalando que:


  • El señor Carlo Yenko Jiménez Vera reunía el perfil labora que se requería para ocupar el cargo de subgerente de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, es por ello por lo que fue contratado; asimismo, actuando de manera transparente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de las Empresas Municipales, ordenó que dicha contratación sea publicada en la página web de la comuna, con lo que demuestra que ha respetado las normas legales correspondientes.

  • No existe nexo causal para su vacancia, ya que no ejerció ningún grado de injerencia directa o indirecta en la contratación del trabajador Carlo Yenko Jiménez Vera; asimismo, debe tenerse en cuenta que el promotor de la vacancia viene actuando de manera temeraria y pretende sorprender al Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE) y a los regidores de la comuna al pedir su vacancia, sin precisar el grado de consanguinidad que tendría el recurrente con el mencionado trabajador para que proceda su solicitud, tal como lo dispone el artículo 2 del Decreto Supremo N.° 017-2002-PCM, modificatorio del Reglamento de la Ley N.° 26771.

  • Las partidas de nacimiento a que hace referencia, y que corresponden a su padre, abuelo y bisabuelo, no son suficientes para fundamentar la solicitud de vacancia como alcalde, ya que se debe demostrar el grado de consanguinidad que existiría entre su persona y el trabajador, teniendo en cuenta los criterios que se han ido consolidando en los últimos años en el Pleno del JNE.

  • Con el trabajador tiene un parentesco del sexto grado de consanguinidad, por tanto, la solicitud de vacancia es improcedente.


GRADO DE PARENTESCO CONSANGUÍNEO

JUAN JIMÉNEZ PÉREZ y

ANA HUAMANQUI






JUAN FRANCISCO JIMÉNEZ HUAMANQUI

BALTAZAR JIMÉNEZ HUAMANQUI







FRANCISCO ROGELIO JIMÉNEZ ORELLANO

LUIS JIMÉNEZ ARBOLEDA






CARLO JIMÉNEZ VERA

MILTON JIMÉNEZ SALAZAR





Como medios probatorios, adjuntó los siguientes documentos:


  • Acta de Nacimiento de Carlo Yenko Jiménez Vera. Padre: Luis Medardo Jiménez Arboleda; madre: Bertha Mirella Vera Bazan. (fojas 35).

  • Partida de Nacimiento de Bertha Mirella Vera Bazán. Padre: Doroteo Vera Mendoza; madre: Rosa Bazán Santa Cruz (fojas 36).

  • Registro de Nacimientos de Luis Medardo Jiménez Arboleda. Padre: Baltazar Jiménez Huamanqui; madre: Alejandrina Arboleda (fojas 37).


Pronunciamiento del concejo municipal


En sesión extraordinaria de concejo, de fecha 18 de julio de 2017 (fojas 83 a 100), el Concejo Distrital de Puente Piedra, con la asistencia del burgomaestre y doce regidores, acordó, por unanimidad (trece votos), rechazar la solicitud de vacancia presentada en contra del alcalde Milton Fernando Jiménez Salazar.


Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo N.° 028-2017-AC/MDPP, de la misma fecha (fojas 78 a 82).


Sobre el recurso de apelación


Con escrito, de fecha 16 de agosto de 2017 (fojas 104 a 113), Javier Antonio Pérez Quispe interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo N.° 028-2017-AC/MDPP, bajo los siguientes argumentos:


  • Ha cumplido con presentar las partidas de nacimiento del alcalde y de su primo, quienes guardan parentesco entre sí por ser primos directos del cuarto grado de consanguinidad, y no como se pretende sorprender al Pleno del concejo municipal y al JNE, indicando que son familiar en sexto grado.

  • En la declaración jurada de nepotismo firmada por el servidor público Carlo Yenko Jiménez Vera señala y declara bajo juramento que no tiene familiares laborando en la municipalidad, lo que es una falsedad.

  • El alcalde y los funcionarios de la municipalidad realizan un árbol genealógico o cronológico de sus familiares, poniendo en el primer tronco a su bisabuelo don Juan Jiménez Pérez, lo que demostraría argucias legales empleadas de mala fe por los defensores del alcalde.

  • Agrega un nuevo cuadro para mejor ilustración:



JUAN FRANCISCO

JIMÉNEZ HUAMANQUI

(ABUELO)








FRANCISCO ROGELIO

JIMÉNEZ ORELLANO

(PADRE)


LUIS MEDARDO

JIMÉNEZ ARBOLEDA

(TÍO)










MILTON FERNANDO

JIMÉNEZ SALAZAR

(ALCALDE)


CARLO YENKO

JIMÉNEZ VERA

(SUBGERENTE DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL)










CUESTIÓN EN DISCUSIÓN


Corresponde determinar si Milton Fernando Jiménez Salazar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, incurrió en la causal de vacancia por nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la LOM, al haber designado a Carlo Yenko Jiménez Vera en el cargo de confianza de subgerente de Comunicaciones e Imagen Institucional de la citada entidad edil, bajo la modalidad CAS.



CONSIDERANDOS


Respecto a la causal de vacancia por nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la LOM


  1. El artículo 22, numeral 8, de la LOM, establece que el cargo de alcalde o regidor lo declara vacante el concejo municipal en caso se incurra en la causal de nepotismo, conforme a la ley de la materia. En tal sentido, resulta aplicable la Ley N.° 26771, modificada por la Ley N.° 30294, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público en caso de parentesco, cuyo artículo 1 señala lo siguiente:


Los funcionarios, directivos y servidores públicos, y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección...

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